La Unión Judicial desmiente y repudia los dichos de Derewicki  

El gremio judicial desmiente las declaraciones de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial del Chaco y lo manifestado por el presidente de esa entidad.  
Educación - Sindicales
Unión Judicial-21-04-30-01
Sede de la Unión de Trabajadores Judiciales del Chaco

 A través de un comunicado de prensa expresa:

 

“En relación al reciente comunicado de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial del Chaco y a lo manifestado por el Presidente de dicha entidad en la concentración realizada el día 24-09-21, a las 09 hs., frente a las Torres de los Juzgados Civiles de la ciudad de Resistencia  y reproducidas por distintos medios radiales, televisivos y virtuales, nos vemos en la obligación de aclarar:  

 

 

1)        En cuanto a las negociaciones salariales desarrolladas por los gremios judiciales, la entidad de la Justicia de Paz y Faltas y el Poder Ejecutivo, Decretos Nº 855/21 y 1853/21, bajo ningún punto de vista fueron incrementos diferenciados, sino el reconocimiento del Poder Ejecutivo para con el personal judicial de los porcentajes de un adicional que los magistrados y funcionarios ya estaban percibiendo, desde hace dos años,  es decir una cuestión de justicia para aquellos trabajadores que habían sido discriminados por los Decretos Nº 2761/19 y 3033/19, de la gestión del gobierno anterior de Peppo. De esta forma deja en claro sus verdaderas intenciones egoístas y mezquinas.

 

 

2)         En relación al reclamo de Derewicki hacia el Poder Ejecutivo y Legislativo por la intangibilidad salarial; de ninguna forma esto autoriza a presentar un proyecto de ley (Media Nacional), que promueve el desenganche con el resto del personal, conculcando derechos y garantías constitucionales y que fuera rechazado y repudiado por los gremios judiciales oportunamente, presionando a los otros poderes del estado para violar la Constitución y leyes salariales vigentes. Lo que indefectiblemente desencadenará en una legítima reacción sindical

 

 

 

3)         En cuanto al abandono de tareas para realizar un acto de protesta en horarios de trabajo, por parte de un grupo de magistrados y funcionarios, arrogándose facultades exclusivas y excluyentes de las asociaciones sindicales. En diversas oportunidades  el S.T.J. aplicó descuentos de haberes al personal judicial, por paros y/o retiros del lugar de trabajo, convocados por los gremios, para manifestarse por recomposiciones salariales. Por ejemplo, en Resolución Nº 1803/17 el S.T.J. afirma: “La huelga en el ámbito del Poder judicial genera una grave afectación al normal funcionamiento del servicio de justicia- el cual constituye una obligación de las provincias y una garantía federal, de conformidad con el artículo 5 de la Constitución de la Nación-y una Real restricción del derecho constitucional de acceso a la justicia”. Asimismo, la C.S.J.N. en la causa Orellano estableció, que solo los gremios tienen el derecho de promover huelgas y que los grupos informales de trabajadores no pueden promover medidas de fuerza. Este retiro y concentración de magistrados y funcionarios por fuera de las asociaciones sindicales también afecta gravemente el servicio de justicia, faltando a sus deberes constitucionales con el pueblo, debiendo tomar la correspondiente intervención el Consejo de la Magistratura y el Superior Tribunal de Justicia”, finaliza el gremio judicial.

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