La Legislatura acepta el veto parcial a la Ley de Promoción de Seguridad Vial

La Legislatura chaqueña acepta el veto parcial a la Ley 7807 de Promoción de la Seguridad Vial. Consiste en la eliminación de dos artículos, en los que establecía la creación de un registro de antecedentes de tránsito, cuestión que está operativa en el observatorio nacional y provincial.
Actualidad - Provincia
Sesion-16-11-18-01
Sesión de la Cámara de Diputados de Chaco

A través de la Resolución Nº 2971, la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco, en su última sesión, consideró aceptar el veto parcial, remitido por el Ejecutivo provincial, a la sanción legislativa 7807 Adhesión a la Ley Nacional 27.214 - Ley de Promoción de la Seguridad Vial.



El veto consistió en la eliminación de dos artículos (4º y 5º) de ley sancionada por la que la provincia quedó adherida a la Ley Nacional de Promoción de la Seguridad Vial, teniendo en cuenta que estos artículos establecía la creación de un registro de antecedentes de tránsito, cuestión que está operativa, a través, del observatorio que existe en el ámbito nacional y provincial, en consecuencia, el Ejecutivo remitió el expediente 270/16, proponiendo la eliminación de ambos artículos.



La decisión del Ejecutivo se basa en que “tanto la ley Nacional, como la ley Provincial, establece la creación del Registro de Antecedentes de tránsito, siendo esta una facultad del Poder Ejecutivo. En consecuencia, existiendo en el ámbito Nacional y Provincial el observatorio en materia de antecedentes de tránsito, los artículos 4 y 5 carecen de operatividad”.



En este sentido, el texto puesto a consideración, detalla que “los objetivos de la creación del observatorio para la prevención de accidentes viales ya están contemplados en la Ley Nacional 24449 a la cual la provincia ya está adherida por Ley 4488”, por lo que aceptaron el veto parcial eliminando los artículo 4 y 5 de la ley 7807 ya que existe normativa y un organismo en el ámbito del Poder Ejecutivo que realiza dicha funciones.


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