Transporte urbano de pasajeros: "La licitación está suspendida y la prórroga es ilegal", sostienen Bolatti y Frías

Los concejales del Frente Chaqueño, Fabricio Bolatti y Alicia Frías aseguran que la licitación está suspendida. Así también sostienen que la prórroga es ilegal. 

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Concejales Alicia Frías y Fabricio Bolatti

Los concejales de Resistencia, Fabricio Bolatti y Alicia Frías, hace referencia a aspectos centrales sobre la situación que atraviesa el transporte público urbano de Resistencia, haciendo eje en dos temas centrales: la situación en que se da la prórroga del servicio (por 90 días); y los efectos de una medida judicial vigente que hoy recae sobre el proceso licitatorio que pone en marcha la gestión de Martínez. 

 

 

 

“Si comenzamos por el mensaje final, debemos decir que claramente hoy el servicio público se sostiene en una norma ilegal, no suficiente como para garantizar el transporte de pasajeros en el tiempo”, apuntan los ediles. A lo que acotan: “esta es otra de las irregularidades a las que nos tiene acostumbrados la gestión actual de la Municipalidad”.

 

 

 

En esa línea, Bolatti y Frías ratifican que la licitación del nuevo programa de transporte urbano de pasajeros de Resistencia se encuentra suspendida por lo dispuesto en la sentencia  de la Cámara Contencioso Administrativa, tras un recurso interpuesto por las propias empresas del sector.

                                                                                   

 

 

“El Ejecutivo se arroga facultades desde una delegación no vigente” 

 

 

 

Los concejales detallan que tanto la Ordenanza 13.260 como la Ordenanza 13.555, establecen plazos límites dentro de los que el Departamento Ejecutivo queda facultado para extender las concesiones vigentes. Así es que la prórroga de la primera ordenanza citada es hasta el 30 de junio del 2.021, y la segunda, hasta el 30 de junio de 2.022. “El Ejecutivo cita como propias, facultades cuya delegación ya no se encuentran vigentes. Se miente solo”, afirman.

 

 

 

“¿Qué dicen las ordenanzas mencionadas?”

 

 

 

Ordenzanza. 13.555: “Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº13.260, en todo lo referido en sus anexos, facultando al Departamento Ejecutivo Municipal a extender las concesiones, convenios y contratos vigentes, hasta el 30 de junio de 2.022”.  

 

 

Ordenzanza 13.260: “Ratificar y prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº12.294, facultando al Señor intendente municipal a extender las concesiones, convenios y contratos vigentes, hasta el 30 de junio del 2.021”.

 

 

 

“Se puede observar claramente que las facultades otorgadas por las normas para la extensión de plazo o prórroga, se dan por un período establecido, es por ello que decimos que la Resolución de Intendencia (Nº: 1.396), por la que se extienden las concesiones  del servicio por 90  días, es ilegal”, aseveran.

 

 

 

La misma en su texto expresa: “...Extiéndase, conforme las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 13.555, la vigencia de concesiones, convenios y contratos, del servicio de transporte urbano de pasajeros, por el término de noventa (90) días”. 

 

 

 

“El Ejecutivo Municipal toma como respaldo la Ordenanza 13.555 para extender la concesión, pero está claro en el texto de la norma que las facultades sólo eran válidas hasta el pasado 30 de junio, por lo que está expuesta la irregularidad cometida por el intendente al arrogarse facultades que le son propias al Concejo Municipal, lo que además, está prohibido por la Constitución Provincial y la Carta Orgánica”, remarcan. 

 

 

 

 

 

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