ATECh sienta posición sobre Resoluciones del InSSSeP

ATECh considera que es un avance la Resolución N°4.964 del InSSSeP, en lo referente a los elementos de prótesis provistos por la obra social. En tanto, para la N°4.965 relacionado con los servicios asistenciales afirma que es acertada por el alto índice inflacionario pero advierte que es necesario evaluarla en el futuro.  

Rumbo a las elecciones 2.019
ATECH-01
ATECh

 

La ATECh habiendo tomado conocimiento de las Resoluciones Nº 4.964 y 4.965/19 del InSSSeP, hace saber que “con respecto a la Resolución 4.964/19 que establece en lo referente a los elementos de prótesis provistos por la obra social que el 50 por ciento del costo sea a cargo del afiliado y debitado en la cuenta corriente y el 50 por ciento a cargo del organismo (independientes de las coberturas de Alta Complejidad e Incapacidad) constituye un avance, en razón de que modifica el régimen vigente establecido con anterioridad en la Resolución Nº 7.114/83 (del ex IPS) que fijaba que el costo debía ser asumido por el afiliado en un 100 por ciento con más de un 10 por ciento de interés fijo. La reducción del costo de estos elementos para el afiliado resulta evidente y positiva, sin que ello signifique que la propuesta sindical de la ATECh sea de su cobertura en un 100 por ciento  por la obra social, dado su altísimo valor de mercado”, plantea.

 

 

“En lo relativo a la Resolución Nº 4.965/19 del InSSSeP que establece como un nuevo parámetro reemplazando para el concepto ‘servicios asistenciales’ montos de haberes por la Canasta Básica Total (línea de pobreza), observamos una relación positiva con respecto al régimen establecido con anterioridad por las Resoluciones 3.266/15 del InSSSeP,  modificada por la Resolución 5.589/18 del mismo organismo. Esta última fijaba una escala según los haberes de activos y pasivos que consistía:  inferior a 15 mil pesos correspondía un 10 por ciento de descuento máximo; entre 15 mil pesos  y 20 mil pesos, 12,5  por ciento; y haberes superiores a los  20 mil pesos, correspondía 15 por ciento de descuento. La nueva Resolución 4.965/19 establece un descuento de hasta el 8 por ciento para los haberes inferiores al monto de la Canasta Básica Total (por ejemplo que en agosto era de 33.013 pesos) y del 10 por ciento para los haberes de activos y pasivos que superen ese monto”, expone el sindicato docente. A esto, apunta que “del cotejo de las cifras se deduce que el porcentaje de descuento máximo en el concepto servicios asistenciales es inferior.  En estos momentos de alto índice inflacionario que supera al incremento de haberes, consideramos que el parámetro definido es acertado; pero que se debe evaluar en el futuro, ante modificaciones que se produzcan en la economía en general”, advierte.

 

 

Más adelante, ATECh insta “a los trabajadores estatales activos y pasivos a profundizar las acciones por una obra social con mayor cobertura y beneficios, y un sistema previsional solidario, e igualitario”. 

 

 

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