El municipio limita el ingreso de personal e implementa un sistema de retiros voluntarios

El intendente de Resistencia, Gustavo Martínez anuncia un límite de ingreso para el personal municipal y la implementación de un sistema de retiros voluntarios. propone que la ciudad no supere en 5.100 la cantidad de agentes.

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Plan de ordenamiento del personal municipal 22-08-24-01
El intendente de Resistencia, Gustavo Martínez anuncia el plan de ordenamiento municipal

El intendente Gustavo Martínez presenta dos proyectos de Ordenanza que tienen como objetivo la optimización de los recursos humanos del municipio de Resistencia: por un lado, propiciar la modificación del artículo 179 de la Carta Orgánica municipal con el fin de estabilizar y limitar la cantidad de agentes comunales de planta permanente.

 

 

 

Por otro lado, el intendente da a conocer la iniciativa presentada al Concejo para establecer un Régimen de Retiros Móviles y Voluntarios, a la que trabajadores podrán acogerse hasta el 31 de diciembre

 

 

Presente con situación fiscal sólida

 

 

El intendente destaca que “en base a la organización de las finanzas en el cumplimiento de las obligaciones salariales, en la actualidad el municipio destina solamente el 69 por ciento de los ingresos de coparticipación al pago de haberes de su personal, mientras que el resto de esos fondos y lo recaudado por tributos comunales se destinan a obras y servicios, eso porque ha existido un ordenamiento interno que era necesario para el trabajador que siempre se ha puesto la camiseta”.  

 

 

 

Por ello, sostiene que los dos proyectos legislativos presentados apuntan a solucionar “un problema de la ciudad de Resistencia, que es el del factor salarial que siempre tuvo alto impacto en el presupuesto municipal, porque en los últimos 25 años se dieron ingresos masivos de personal a la estructura municipal sin tener una previsión que refleje las necesidades técnicas profesionales”.

 

 

 

Incorporación de personal una vez cada 10 años

El proyecto de Ordenanza que consiste en promover –mediante primera lectura por parte del Concejo y posterior audiencia pública- la enmienda del artículo 179 de la Carta Orgánica, promueve medidas de estabilidad laboral, agrega la prohibición de relaciones laborales de carácter precario con el Municipio, y propone que Resistencia no supere en 5.100 la cantidad de agentes de planta permanente y no permanente (contratados de servicio) y contratados de gabinete, con el detalle de que ese número podrá ser modificado recién en un plazo de 10 años. 

 

 

 

“Tenemos que poner un límite”, resalta el mandatario local. A la vez, considera que “es muy importante que se lleve adelante, porque muchos trabajadores tendrían que ganar mejor, pero si no ordenamos esta situación, cada gestión que pase el trabajador ganará cada vez menos”.

 

 

 

En ese sentido, estima que es óptima la cantidad actual total de agentes municipales para los servicios que se brindan.

 

 

 

Además, da a conocer que un trabajador jornalizado “no tenía beneficios y, por ese motivo, mucha gente sufrió humillaciones”. “Hoy no existe más el jornalizado ni el contrato de obra. No existe ningún tipo de precarización laboral y todos son contratados de servicios. Solo existen tres clases de personal: planta, contratado de servicio y contratado de gabinete, y pretendemos que sean las únicas en adelante. En esta propuesta prohibimos cualquier otra dependencia precaria, porque cada gestión llenaba de PAM y contratados, dejando el problema para el intendente que venía”.   

 

 

 

Retiro voluntario

 

 

 

En cuanto al otro proyecto de Ordenanza presentado, Martínez menciona que el Régimen de Retiros Móviles y Voluntarios contempla a todo aquel agente de planta permanente del Ejecutivo, Legislativo y la Caja Municipal que a la eventual fecha de vigencia de la ordenanza acredite un mínimo de 15 años de aportes reales y efectivos a la obra social InSSSeP. Consistirá en el pago mensual de una asignación mensual de una asignación personal para el titular del beneficio y cesará con su jubilación en el régimen provincial o su fallecimiento (oportunidad en que se otorgará a los causahabientes los derechos que correspondan al Régimen Previsional vigente.  

 

 

 

“Queremos estimular más el ordenamiento de la cantidad de trabajadores dentro de la Municipio”, destaca el intendente sobre la iniciativa que establece los siguientes puntos a la hora de la liquidación de los haberes cuando el trabajo se haya acogido al retiro voluntario. 

 

 

 

Durante el primer mes, el agente percibirá el 100 por ciento  de la remuneración de todos y cada uno de los conceptos que recibirá ante el acogimiento al retiro. Durante el segundo mes, el agente percibirá el 90 por ciento y a partir del tercer mes, se aplicará la siguiente escala a la remuneración comparando años de aporte al InSSSeP con los siguientes porcentajes aplicables sobre el total de sueldo bruto: 

-15 y 16 años, 70 por ciento. 

-17 y 18 años, 71 por ciento. 

-19 y 20 años, 72 por ciento. 

-21 y 22 años, 73 por ciento. 

-23 y 24 años, 74 por ciento. 

-25 años, 75 por ciento. 

-26 años, 76 por ciento. 

-27 años, 77 por ciento. 

-28 años, 78 por ciento. 

-29 años, 79 por ciento. 

-30 años o más, 80 por ciento. 

 

 

 

Las solicitudes de retiro deberán ser resueltas por las autoridades superiores en el plazo de 60 días corridos a partir de su presentación, por el Departamento Ejecutivo Municipal o por el Presidente del Concejo, según la estructura a cargo a la que pertenezca el agente peticionante. Quedará bajo la esfera de decisión del Departamento Ejecutivo Municipal las provenientes de los Tribunales de Faltas y de la Caja Municipal de Resistencia. Transcurrido dicho plazo se dará por aprobado el pedido, de no ser expresamente desestimado. 

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