La Justicia chaqueña funcionará con el Servicio Judicial de Urgencia

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco determina la continuidad del servicio de urgencia ante la pandemia del COVID- 19. El horario de trabajo será de 7.30 a 12.30 y no habrá atención al público presencial. 
Actualidad - Provincia
STJ-20-05-11-01
Resolución Nº262/2.020 del STJ del Chaco

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dispuso, a través de la Resolución Nº 262/2.020, la continuidad del Servicio Judicial de Urgencia ante la situación de pandemia por el coronavirus (COVID-19) con las siguientes modificaciones:

  

 

- El horario de trabajo será de 7.30 a 12.30 horas.

- La función judicial se prestará sin atención al público presencial.

 

 

 

 En Resistencia:

 

 

- Se mantiene la suspensión de términos hasta el 25 de mayo inclusive, período en el que se realizarán sólo trámites urgentes.

 

 

- Se dispone la reanudación de plazos a partir del 26 de mayo, aclarando que, a fin de adaptar gradualmente el funcionamiento y la estructura de los organismos jurisdiccionales -teniendo en cuenta el mantenimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio-, y que operativamente pueda darse una adecuada respuesta a las presentaciones de los profesionales, se exceptúa a los tribunales del cumplimiento de los plazos procesales hasta el 15 de junio.

 

 

- La realización de audiencias en ningún caso serán presenciales, debiendo realizarse por los medios digitales.

  

- La prestación de funciones será presencial o a distancia.

- Organismos con numeración impar trabajarán de forma presencial del 12 de mayo al 17 de mayo (conf. Anexo I).

 

 

- Organismos con numeración par trabajarán de forma presencial del 18 de mayo al 25 de mayo (conf. Anexo I).

 

- Prestarán funciones de forma presencial jueces, secretarios, prosecretarios, jefes de Mesa  de Entrada y hasta dos (2) empleados administrativos, siempre que no se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo.

 

 

- Prestarán funciones a distancia los jueces, secretarios, prosecretarios y jefes de Mesa de Entrada que se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo o fuera de la fecha asignada al organismo jurisdiccional.

 

 

- Se prevé, además, la incorporación de personal administrativo de forma remota.

 

 

 

En el Interior de la Provincia y Justicia de Paz y/o Faltas:

 

 

- Se mantiene la suspensión de términos hasta el 13 de mayo inclusive, período en el que se realizarán sólo trámites urgentes.

 

 

- Se dispone la reanudación de plazos a partir del 14 de mayo, aclarando que, a fin de adaptar gradualmente el funcionamiento y la estructura de los organismos jurisdiccionales -teniendo en cuenta el mantenimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio-, y que operativamente pueda darse una adecuada respuesta a las presentaciones de los profesionales, se exceptúa a los tribunales del cumplimiento de los plazos procesales hasta el 25 de mayo.

 

 

- La realización de audiencias en ningún caso serán presenciales, debiendo realizarse por los medios digitales.

 

 

- La prestación de funciones será presencial o a distancia.

 

 

- Prestarán funciones de forma presencial jueces, secretarios, prosecretarios, jefes de Mesa de Entrada y hasta la mitad de los empleados que conforman la estructura del organismo jurisdiccional, siempre que no se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo.

 

 

- Prestarán funciones a distancia los jueces, secretarios, prosecretarios y jefes de Mesa de Entrada que se encuentren comprendidos dentro del grupo de riesgo.

 

 

- Se prevé, además, la incorporación de personal administrativo de forma remota.

 

 

 

 

Cuestiones atinentes al funcionamiento

 

 

 

- Cada organismo jurisdiccional -ya sea en forma presencial o a distancia- deberá tramitar los escritos o causas que le corresponden.

 

 

- Obligatoriedad del uso del Sistema de Ingreso Digital de Escritos -In.Di.- para todas las presentaciones jurisdiccionales y del Registro Digital Provisorio de Demandas para la presentación de escritos de inicio para los fueros Civil y Comercial, Laboral, Familia Civil, Contencioso Administrativo y Superior Tribunal de Justicia (conf. Anexo II).

 

 

- Se aprueba un Protocolo de Trabajo y Buenas Prácticas para Audiencias en Sala Virtual (conf. Anexo III).

 

 

- Se recuerda la obligatoriedad del uso del correo electrónico oficial y se hace saber que los correos electrónicos oficiales de las dependencias se encuentran publicados en la página web del Poder Judicial.

 

 

- Se habilita la publicación de actos en el Sistema de Control de Trámites y Notificaciones de los Juzgados de Niñez, Adolescencia y Familia del fuero Civil exclusivamente para abogados y con los compromisos de confidencialidad correspondientes, facultando a los jueces a exceptuar los casos en los que el resguardo de la privacidad sea esencial para la integridad física o emocional de las partes involucradas.

 

 

- Se insta a todos los organismos jurisdiccionales a la correcta publicación de los actos en el Sistema de Control de Trámites y Notificaciones.

 

 

- Se establecen limitaciones para cédulas y mandamientos presenciales y se habilita un buzón en la entrada de las Oficinas de Mandamientos  y Notificaciones de las Seis Circunscripciones para la presentación de las referidas cédulas y mandamientos en formato papel.

- Se recuerda a los funcionarios cumplir con las notificaciones en los domicilios electrónicos, utilizando la firma digital.

 

 

- Se habilitan dos correos electrónicos de consulta: para consultas de orden jurídico referente al uso de tecnología en los procesos judiciales ([email protected]) y para consultas de orden técnico para el uso de medios tecnológicos ([email protected]).

 

 

- Se crea un Sistema de Turnos Web exclusivo para profesionales.

 

 

- Se mantiene la suspensión de Concursos de oposición y/o antecedentes del Poder Judicial, capacitaciones presenciales, actos de juramentos de abogados, magistrados y funcionarios, salvo que el servicio judicial de urgencia lo amerite.

 

 

 

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