UPCP en estado de alerta, asamblea permanente ymovilización

Unión del Personal Civil de la Provincia declara estado de alerta, asamblea permanente y movilización. Ratifica su oposición al tratamiento  del proyecto de Ley 2601, al considerar que “esta iniciativa pretende  cercenar la libertad sindical  y el derecho de huelga”.

Actualidad - Provincia
UPCP-17-11-22-01
Manifestación de UPCP

El secretario general de UPCP, José Niz indicó que recibieron la notificación formal del presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Previsión  y Seguridad Social, de que hoy ingresó a Comisión,  el proyecto  de Ley 2601/16.

 

 

Además alertó que “si bien los diputados que integran esta Comisión  resolvieron mantenerlo en cartera, no nos da ninguna seguridad que con la nueva integración se reflote” y recordó que “en el año 2016,  los diputados justicialistas se comprometieron a archivarlo pero evidentemente eso no se concretó”.

 

 

Niz remarcó: “nos declaramos en estado de alerta, asamblea permanente y movilización en contra del tratamiento  de un proyecto de ley que pretende arrogarse facultades que son propias del Congreso,  a quien tampoco le permitiremos que recorten los derechos de los trabajadores, a peticionar, a reclamar y a convocar medidas de acción directa  con el único requisito de notificarlas a la patronal, y a la autoridad de aplicación nacional y provincial”.

 

 

El gremialista estatal repudia el proyecto de Ley 2681 al considerarlo “antidemocrático y dictatorial”. Plantea los siguientes cuestionamientos:

 

1.- “Limita el derecho de huelga”.

 

2.- “Se arroga competencias del Congreso de la Nación en materia de Conflictos Colectivos”.

3.-“Viola los tratados internacionales  introduciendo modificaciones por vía reglamentaria  a la enumeración taxativa de los servicios que deben ser considerados esenciales en toda sociedad”.

 

4.- “Otorga facultades a la autoridad administrativa Dirección Provincial del Trabajo autoridad parcial, porque depende jerárquicamente del Poder Ejecutivo Provincial para calificar la legalidad o ilegalidad de las huelgas y los paros y/o medidas de acción directa.

 

5.- “Extiende los plazos del proceso de conciliación obligatoria, obligando a los sindicatos convocantes a observar plazos arbitrarios  que desnaturalizan el derecho de huelga y someterse de modo previo a la mediación y fracasada la instancia de conciliación obligatoria al arbitraje, otorgando prerrogativas a la patronal”.

 

Los puntos de reclamo

 

 1.- “Urgente respuesta a la solicitud de audiencia con temario de tratamiento notificada al Gobernador el día 24/10/2017 por Actuación simple Nº 19073 A”.

 

2.- Rechazo “al acuerdo fiscal suscripto por el Gobernador con el Gobierno Nacional por otorgar respaldo incondicional a la reforma laboral, previsional, tributaria, fiscal, renuncia a acciones judiciales actuales y futuras que afecta derechos adquiridos por los chaqueños, transgrediendo la división de poderes por condicionar a diputados y senadores  a apoyar paquetes de leyes desconocidos por la ciudadanía chaqueña”.

 

3.- Rechazo a  “la persecución sindical y laboral plasmada en el Memorando Nº 27/17” y urgente derogación”.

 

4.- Rechazo “al proyecto de Ley Nº 2601 /16, por pretender implementar limitaciones arbitrarias al derecho de huelga”.  

 

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