Aprueban la Educación Financiera obligatoria en escuelas secundarias
La Legislatura chaqueña aprueba la Ley que establece la enseñanza de Educación Financiera obligatoria en las escuelas secundarias. Además, determina la incompatibilidad entre la jornada docente y el ejercicio de un cargo electivo.
Durante la mañana de este lunes 9, se realiza la sesión ordinaria Nº 16, de la Cámara de Diputados chaqueña durante la cual se aprueba la Ley Nº 4.093-E que establece la enseñanza obligatoria de Educación Financiera en todos los secundarios provinciales.
La Ley 4.093-E de enseñanza de Educación Financiera, establece la misma con carácter obligatorio en el nivel secundario del sistema educativo provincial, tanto para instituciones de gestión estatal como gestión privada. Considera a ésta como el conjunto de actividades pedagógicas y procesos por los cuáles los estudiantes adquieren conocimientos necesarios para la compresión del funcionamiento y significado del dinero, del gasto, del ahorro y los diferentes productos financieros, que les permitan desarrollar habilidades necesarias para llevar una adecuada gestión de las finanzas personales en pos de una buena calidad de vida presente y futura.
También se aprueba en materia educativa, la Ley 4.090-E, que modifica el Artículo 354 del Estatuto Docente Provincial (Ley 647-E), en lo que hace al ejercicio de la jornada docente como incompatibilidad para ejercer un cargo electivo.
La misma pretende ajustar el Estatuto Docente, con el Régimen de Incompatibilidades de la Provincia. De tal manera se quita la jornada docente como incompatibilidad y no así del Estatuto Docente, lo que generaba muchos conflictos ante la expectativa de una persona de tener un cargo de representación, por la existencia de dos leyes que se contraponían en sus derechos.
Con esta modificación, queda redactado de la siguiente manera: “artículo 354: A un cargo docente no se podrá acumular el desempeño de un cargo electivo, excepto las previsiones constitucionales. Lo establecido precedentemente, no comprende a quien detente un cargo docente que no pertenezca a la modalidad de tiempo completo y cumpla funciones de concejal municipal, aunque se desempeñare como presidente del Concejo. Queda asimismo excluido de esta incompatibilidad, el personal docente comprendido en el segundo párrafo del artículo 52 de la presente, siempre que no acumule las horas cátedra establecidas en el artículo 357 de esta ley”.
Otra normativa aprobada en esta oportunidad es la Ley 4.091-E, que modifica los artículos 1º y 2º de la Ley 2.381–e (antes 7685), que instituye el “Día del Afrodescendiente Chaqueño y de la Cultura Afrolitoraleña”. Lo que se promueve es cambiar la fecha del 6 de enero por la del 14 de octubre. Ésta última, indica el fallecimiento en 1980 de Oscar Marcelo Alemán, guitarrista afrochaqueño, compositor, cantante y performer argentino, especializado en jazz.
Este referente de la cultura nace el 20 de febrero de 1.909, en Machagai, Chaco. Esta solicitud tiene por objetivo incluir la fecha en el período escolar activo para que se incorpore a las efemérides cuyo contenido habilita una reflexión sobre una de las dimensiones de la identidad chaqueña, aquella vinculada con la comunidad afrodescendiente.
Y finalmente se sanciona la Ley 4.094-V, que instituye la última semana de septiembre como “Semana del Turismo Chaqueño”, en concordancia con el 27 de septiembre, “Día Mundial del Turismo”.
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