Sancionan el acoso callejero con hasta 30 días de arresto

La Legislatura chaqueña sanciona el acoso sexual en lugares públicos o privados de acceso público, mediante una modificación al Código de Faltas. La normativa establece una sanción de 30 días de arresto o multa de 5 remuneraciones mensuales mínima, vital y móvil.

Actualidad - Provincia
Sesion-18-11-08-01
Sesión legislativa

Por Ley 2.927- P, se modificó el Código de Faltas en su artículo 69 de la Ley 850-P, incorporando como inciso c)  al acoso sexual a otro, en lugares públicos o privado de acceso público. Se trata de una iniciativa de la diputada provincial Claudia Panzardi (PJ) quien fundamentó en el recinto y fue respaldada por 16 votos afirmativos, en tanto el interbloque Cambiemos votó en cartera.

 


El texto aprobado determina: “Artículo 69: Será sancionado con arresto de hasta treinta (30) días o multa equivalente en efectivo de hasta cinco (5) remuneraciones mensuales mínima, vital y móvil: a)…;b)…c) Quien acosare sexualmente a otro, en lugares públicos o privados de acceso público, siempre que el hecho no constituya delito. El juez podrá considerarlo pertinente y ajustado a las circunstancias que tipificaron la conducta invasiva de connotación sexual, disponer su reeducación o rehabilitación ante organismos u entidades que tutelan y promuevan la concientización respecto a la violencia de género, el desarrollo del ser humanos en su identidad u orientación sexual y su inserción en la Sociedad.

 


La diputada justicialista Panzardi, autora de la ley, explicó que “el acoso sexual en espacio publico o privado de acceso publico, es una manifestación de la violencia contra las mujeres en todo el mundo” y precisó que un 70 por ciento de las encuestadas así lo demuestran: “8 de cada 10 han escuchado piropos, y datos similares son obtenidos en estadísticas de organismos que buscan poner en evidencia la magnitud de este problema”, observó.

Detalló que “tiene lugar en la convivencia social, se presenta a lo largo de la vida de las mujeres, hostigamiento sexual, son algunas de sus manifestaciones. Algunas son mas visibles que otras y no muchas veces se logra ver”. Acotó a esto que “la lucha efectiva contra el acoso no puede desvincularse de la denuncia, del combate, de la lucha de las otras violencias contra las mujeres”. “Son actos indeseados, con impacto negativo”, afirmó y consideró que “esa forma de acoso constituye prácticas que alientan y justifican delitos sexuales como violación. Hemos luchado por sacar a la luz a la violencia doméstica, y en este tipo de acosos en espacios públicos, se debe garantizar la integridad física y moral, este espacio que son de todas las personas y debe garantizarse su integridad”, valoró Panzardi que en ese marco aseguró que “es necesario que el Estado legisle para la prevención de todas las violencias de manera urgente y articulada”.


Se sumó al apoyo de la propuesta la diputada provincial, Gladis Cristaldo (Concertación- FORJA) planteó que la modificación del Código de Faltas, que puede ir con arresto de hasta treinta (30) días o multa, para el acoso en la vía publica “en la mayoría de los casos es contra las mujeres”. “Lo importante que se hizo desde el bloque Frente Chaco Merece Mas es poder dar una atribución al juez, morigerar, establecer una capacitación obligatoria de género, de concientización con este problema, o también algún tipo de trabajo comunitario, con lo que no  siempre implique el arresto o la multa. Lo que se busca es producir ese cambio cultural que se tiene que dar en la sociedad”.

El acoso callejero es una violencia y como toda conducta mal aprendida puede ser reaprendida, y que pueda tener una educación en temática de violencia de género o algún tipo de trabajo que implique una forma de pagar este delito que ha cometido” concluyó acompañando con su voto la iniciativa.

 

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