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Crean una mesa técnica para garantizar la provisión de agua potable al Complejo Penitenciario Nº1 de Resistencia. Está constituida por los Ministerios de Seguridad y Justicia; de Planificación, Economía e Infraestructura; la empresa SAMEEP y la Administración Provincial del Agua.
Actualidad - Provincia
Chaco On Line
En cumplimiento de la sentencia del hábeas corpus dictada por la jueza de Ejecución Penal N°2, doctora Ligia Duca, los representantes estatales se presentan en las instalaciones del Complejo Penitenciario N° 1 de Resistencia (ex Alcaidía), para constatar la situación de las instalaciones de agua potable del penal, que presentan problemas y deficiencias históricas.
El habeas corpus, interpuesto en abril de este año por los internos del Pabellón 10 de la unidad penitenciaria, cuenta con el acompañamiento de la Defensa Pública Oficial y del Comité para la Prevención de la Tortura.
“Es la primera vez que las áreas del Estado involucradas en la temática de la provisión de agua y con conocimiento experto, pueden realizar un diagnóstico preciso y exhaustivo de cuál es la situación exacta en los distintos módulos y sectores del Complejo Penitenciario N° 1. Esta es una problemática que viene siendo acarreada hace años y que genera graves conflictos durante los meses de verano, predisponiendo a la violencia, a las medidas de fuerza y al malestar general de la comunidad penitenciaria”, explica el presidente del Comité para la Prevención de la Tortura, Kevin Nielsen.
Además, plantea que es algo sin precedentes, ya que la sentencia de habeas corpus obliga al Estado a encontrar soluciones a corto, mediano y largo plazo e informar al juzgado de ejecución, que será el encargado de evaluar el cumplimiento.
“Hay una obligación de innovar, de modificar la situación y esto va a ser evaluado judicialmente”, resalta Nielsen y destaca el hecho de que el hábeas corpus haya sido interpuesto por las propias personas privadas de libertad: “Esto fue realizado por parte de un pabellón de buena conducta, con mucha capacidad de agencia y proactivo, que en representación de todos los internos plantea esta situación. Tuvimos la oportunidad de dialogar con ellos, explicándoles los alcances de la sentencia”, detalla.
“La correcta provisión de agua potable es un derecho humano y como tal no debe verse afectada por la situación de privación de libertad, sino que por el contrario, aquella se encuentra establecida en las reglas Mínimas de Tratamiento de Reclusos de las Naciones Unidas”, concluye Nielsen.
Sobre el complejo penitenciario
En esta unidad penitenciaria diariamente circulan alrededor de 700 personas entre internos, personal penitenciario y visitas. La problemática del agua que presenta es histórica y se manifiesta en inconvenientes en la provisión y distribución, lo que trae aparejado profundos malestares, especialmente en los meses de altas temperaturas, tanto para las personas privadas de libertad como para el personal que allí desempeña sus funciones.
La sentencia establece que se deberá garantizar la provisión de agua mediante camiones cisternas hasta que se llegue a una solución estructural, como así también se deberá informar sobre el plan de obras destinado a resolver el problema del acceso al agua para un adecuado funcionamiento de la unidad penitenciaria, que además tiene en proyección ampliaciones de los sectores de alojamiento.

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