Aprueban modificación del Estatuto Docente para el Concurso de Ascenso para Bibliotecarios

La Legislatura chaqueña sanciona la modificación del Estatuto Docente para el concurso de ascenso de bibliotecarios. La iniciativa es de autoría del diputado provincial Roy Nikisch y es un planteo realizado por la Asociación Chaqueña de Bibliotecarios.

Educación
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diputado provincial Roy Nikisch

La Cámara de Diputados del Chaco, en su sesión de ayer llevada a cabo en Villa Ángela aprobó la Ley que prevé la modificación del artículo 259 de la Ley 3529 para concurso de ascenso de bibliotecarios. La iniciativa fue impulsada por el diputado provincial Roy Nikisch y venía siendo reclamada por la Asociación Chaqueña de Bibliotecarios (ACHABI).


La Ley establece la modificación de artículo 259 de la ley 3529 –Estatuto del Docente- texto ordenado por la ley 5125 y sus modificatorias, el que quedó redactado de la siguiente manera:


“Artículo 259: Podrán participar de los concursos y cursos de promoción para ascenso a los distintos grados del escalafón de la función bibliotecaria, los bibliotecarios que reúnen las siguientes condiciones:
A) Para Director de Bibliotecas en las distintas categorías: Bibliotecario con diez (10) años de antigüedad, de los cuales como mínimo seis (6) años deben ser como titular en el cargo; B) Concepto no inferior a "Bueno" en los dos (2) últimos años.”


Además también se modifica el artículo 260 de la ley 3529 –Estatuto del Docente- texto ordenado por la ley 5125 y sus modificatorias, el que quedó redactado de la siguiente manera: “Artículo 260: En caso de ser declarados desiertos los concursos, se efectuará un segundo llamado en el que podrán intervenir: A) Bibliotecarios con cuatro (4) años de antigüedad en el cargo como titular y concepto no inferior a "Bueno" en los dos (2) últimos años.”


Asimismo quedan derogados los artículos 261, 262 y 264 de la ley 3529 –Estatuto del Docente- texto ordenado por la ley 5125, y sus modificatorias.



FUNDAMENTOS DE LA MODIFICATORIA




El legislador Roy Nikisch aseguró que la Ley tiene por objetivo “jerarquizar con experiencia y calidad la conducción de las bibliotecas del sistema bibliotecario, por ello la exigencia de una antigüedad importante en la carrera docente para acceder al concurso, así como también actualizar la normativa para propender a que las vacantes no queden descubiertas por años y años, sino que además, se cubran con bibliotecarios formados para la conducción en todas las categorías. En la actualidad, el Sistema Bibliotecario Provincial cuenta con más de 300 bibliotecas en toda la Provincia, servicios educativos que funcionan dentro de una unidad educativa (biblioteca escolar) o fuera de ella (biblioteca pública, especial, especializada) dirigidas y administradas por un director capacitado profesionalmente en la Universidad o en los Institutos Superiores del Profesorado, y coordinadas con el resto de los servicios educativos a través de las respectivas Supervisiones”.

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