Ley de Honorarios: El Colegio de Abogados de Resistencia sale al cruce de las críticas y defiende el carácter alimentario de su labor

La Comisión Directiva de la entidad gremial publica un comunicado oficial para aclarar el verdadero alcance de la nueva Ley N° 4228-C. En el documento, los profesionales rechazan los discursos populistas y responsabilizan al Estado por el colapso de las arcas públicas.
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Síntesis de los ítems principales de la noticia

  • El honorario como salario: Se ratifica su carácter alimentario y retributivo; no es un privilegio ni un impuesto al ciudadano.

  • Actualización por UMA: Se defiende como el único mecanismo técnico capaz de proteger el valor del trabajo frente a la devaluación inflacionaria en juicios largos.

  • Responsabilidad del Estado: Se descarta el concepto de "riesgo fiscal" corporativo; el Estado solo paga costas cuando pierde juicios por incumplir la ley o vulnerar derechos.

  • Pisos mínimos y calidad: El mínimo de 10 UMA garantiza estándares técnicos elevados, mientras que la asistencia social queda resguardada bajo la órbita de las Defensorías Oficiales.

RESISTENCIA (junio de 2026)- Respecto a la polémica actualización de los montos mediante la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), el Colegio califica esta medida como una herramienta técnica indispensable frente a la inflación. Argumentan que, en procesos judiciales que se extienden por meses o años, este mecanismo evita que se licúe el valor del trabajo ya realizado por los profesionales.

Por otro lado, el documento aborda con dureza el argumento del "riesgo fiscal" que supuestamente provocan las demandas. La entidad aclara que el Estado solo paga honorarios cuando incumple sus obligaciones, vulnera derechos o actúa al margen de la ley, por lo que adjudica el colapso financiero a las malas administraciones estatales y no a los abogados que defienden a los damnificados.

Finalmente, el Colegio defiende la fijación de pisos mínimos arancelarios (establecidos en un mínimo de 10 UMA) como una garantía de alta calidad técnica en el servicio de justicia. Asimismo, diferencia el libre ejercicio de la profesión del rol de las Defensorías Oficiales encargadas de la vulnerabilidad social, rechazando cualquier intento de trasladar las crisis estructurales del sector público al bolsillo de los trabajadores del derecho.

 

 

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