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Ante un caso sospechoso de coronavirus en la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia, el Superior Tribunal de Justicia determina el cierre preventivo del edificio y el trabajo remoto del personal, mientras se realizará la desinfección del lugar.
Actualidad - Provincia
El Superior Tribunal de Justicia hoy toma conocimiento de un caso sospechoso de coronavirus de un agente en la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia.
Por lo que, por mayoría compuesta por la doctora Grillo, el doctor Toledo y la doctora Valle, con la disidencia del doctor Modi, se dispne la desinfección y el cierre preventivo del edificio y el trabajo remoto de los trabajadores del organismo hasta viernes 28 de agosto, mientras se espera el resultado del hisopado realizado.
Fundamentos de la mayoría
La doctora Grillo, el doctor Toledo y la doctora Valle consideran que, "conforme los argumentos vertidos en los considerandos de las resoluciones dictadas sobre el funcionamiento del Poder Judicial en pandemia, el Superior Tribunal de Justicia debe velar por la adecuada prestación de la función judicial, preservando la salud de agentes, profesionales, justiciables y ciudadanía en general".
Asimismo, ponen de relieve que "la medida dispuesta se adecúa a las recomendaciones de las autoridades sanitarias consultadas y a la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad -Coronavirus- para el Poder Judicial, aprobada por Resolución N° 316/2.020".
Finalmente, entienden que "se trata de una medida razonable y proporcionada, ponderando que hasta el momento no se han informado o tomado conocimiento de contagios dentro del ámbito laboral, siendo que los agentes confirmados habrían contraído el virus o sus contactos se produjeron fuera del Poder Judicial".
Fundamentos de la disidencia
El doctor Alberto Mario Modi, entiende que se debe disponer el cierre por 14 días del respectivo edificio.
Además, teniendo en cuenta la cantidad de contagios verificados de COVID-19 hasta el presente, reitera que "corresponde el retorno de la vigencia del Servicio Judicial de Urgencia, con el mínimo de dotación presencial de agentes, a fin de evitar concentración de personas en los lugares de trabajo, su circulación con riesgo de transmisión viral, conforme lo ya expresado en la Resolución del Superior Tribunal de Justicia Nº 413/20".

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