Zimmermann impulsa recomposición de emergencia para jubilados
El senador Víctor Zimmermann impulsa la recomposición de emergencia de haberes de los jubilados. Propone una movilidad con ajuste mensual sujeta a la variación del índice de precios al consumidor.
El senador nacional por el Chaco, Víctor Zimmermann, junto a otros cuatro senadores, presenta un proyecto de Ley que propone la recomposición de emergencia de haberes de los jubilados, que plantea “una movilidad con ajuste mensual sujeta a la variación del índice de precios al consumidor”.
El legislador radical sostiene que la fórmula actual “es mucho más lenta que la evolución de la inflación porque se basa en parámetros rezagados”, recordando que “para la actualización de marzo de 2024, se toma en cuenta la variación de los salarios y de los ingresos tributarios de ANSES entre septiembre y diciembre”.
“Esta propuesta de cambio de la fórmula de movilidad jubilatoria que estamos impulsando, busca recomponer los ingresos de los jubilados, poniéndolos en una posición justa frente a la coyuntura económica del país”, postula el senador en los fundamentos del proyecto.
“De la misma manera que todos los gremios están exigiendo sus paritarias con cláusulas gatillo, incluso mensuales, por las subas inflacionarias”, expone Zimmermann. Y, luego insiste: “esta iniciativa tiene como objetivo sostener la capacidad adquisitiva de los jubilados, sector que no posee un método sustitutivo de ingresos ni un espacio activo de defensa”.
“Sabemos que el sistema jubilatorio necesita una reforma estructural a largo plazo”, admite el dirigente radical. Además afirma que “hasta alcanzar el consenso para esa reforma, los jubilados no pueden ser la variable de ajuste”. Señalando que “el 45% del superávit fiscal del que hace alarde el Gobierno Nacional, proviene del ajuste a los jubilados”.
Por último, Zimmermann confiesa su esperanza de que “en un futuro no sea necesaria la constante movilidad de la fórmula”, pero admite que “hasta tanto logremos disminuir la inflación, no podemos dejar que los haberes estén sujetos a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo de turno”.