Indemnizaciones: La Cámara de Comercio respalda fallo de la Corte Suprema

La Cámara de Comercio de Resistencia junto a la Confederación Argentina de la Mediana Empresa respalda el fallo de la Corte Suprema de Justicia que define un esquema de indemnizaciones. Sostiene que es imprescindible para que funcione un sistema de seguros.

Ernesto Scaglia, presidente de la Cámara de Comercio de Resistencia

La Cámara de Comercio de Resistencia, en consonancia con lo expresado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), expresa su acuerdo con el fallo de la Corte Suprema de Justicia que determinó que los jueces laborales no pueden fijar arbitrariamente las indemnizaciones dentro del sistema de ART.


La Corte Suprema de Justicia revocó una decisión de la cámara laboral  que ordenaba pagar un monto superior al que surge de la fórmula que está  establecida por ley. La sentencia del máximo tribunal constituye un antecedente valioso y avala el esquema indemnizatorio tarifado.



Desde las instituciones que nuclean a los comerciantes pyme consideran que  este esquema “es imprescindible para que funcione un sistema de seguros y además da certidumbre, tanto para el sector empresario en materia de costos laborales, como para el trabajador respecto de los  alcances de la cobertura de las ART”.


El presidente de Cámara de Comercio de Resistencia, Ernesto Scaglia, en este sentido manifestó que “es fundamental atenerse a lo que dictan las normas en todos los casos, por eso es que estamos de acuerdo en que la Corte no deje librados a los jueces a que decidan por arbitrariedad el  monto que debe abonarse en concepto de indemnización de un empleado, cuando existe una norma que establece con claridad cómo se calculan esos montos”.



EL CASO ANALIZADO



La decisión fue tomada en la causa "Marando, Catalina Graciela c/QBE Argentina ART", que había sido tratada previamente por la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. En esa instancia, se había considerado que el monto de la fórmula legal no se adecuaba a los lineamientos constitucionales y se decidió establecer una cifra superior. La Corte revocó el fallo al señalar que la Cámara había determinado arbitrariamente la indemnización, apartándose injustificadamente de la ley aplicable.

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