Divergencias en Greenpeace con la actualización del OTBN

Greenpeace cuestiona el proyecto de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. Discute los desmontes permitidos; considera sumamente excesiva las hectáreas permitidas; pone en riesgo la supervivencia de grandes mamíferos, entre otros puntos.

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Cachorros de yaguaretés

“Tras la sanción, a fines de 2007, de la Ley Nacional de Bosques (26.331), la provincia de Chaco aprueba en el año 2.009, el Ordenamiento Territorial de sus Bosques Nativos (OTBN) mediante la Ley Provincial 6.409 (actualmente Ley Nº 1.762-R)”, analiza Greenpeace, a través de un documento.

 

 

El escrito de la organización ambientalista analiza algunos aspectos del reciente proyecto de Ley 423/2.024, que actualiza la zonificación de dicho OTBN:

 

 

1) “Según datos oficiales, desde la sanción de la Ley Nacional de Bosques hasta fines de 2.022 en la provincia de Chaco se desmontaron 485.162 hectáreas. Por otra parte, el monitoreo satelital que realiza Greenpeace detectó la deforestación de 57.343 hectáreas durante 2.023. Es importante destacar la ilegalidad de la totalidad de las hectáreas desmontadas durante 2.021, 2.022, 2.023 y lo que va de 2.024, ya que los desmontes se encuentran suspendidos por la justicia provincial, desde el 16 de octubre de 2020, ante la falta de actualización de su OTBN. La nueva propuesta no incluye ninguna referencia a la restauración de los bosques ilegalmente desmontados”, plantea Greenpeace.

 

 

2) “Cabe advertir que, gran parte de los desmontes se realizaron en zonas donde no está permitido (Categorías I - rojo, II - amarillo). En ese sentido, resulta grave que, durante la gestión de Domingo Peppo, el gobierno provincial realizó numerosas recategorizaciones prediales (algo no permitido por la Ley Nacional de Bosques), mediante las cuales se autorizaron desmontes en zonas protegidas. Este tipo de prácticas fueron consideradas ilegales, tanto por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación como por la Auditoría General de la Nación, en una situación similar en la provincia de Salta; y en el caso de Chaco se encuentran judicializadas tanto a nivel provincial como en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. A pesar de ello, las fincas que fueron ilegalmente deforestadas no fueron restauradas y deberían mantener su categoría original en la actualización del OTBN. La nueva zonificación no debe validar la deforestación ilegal anterior”, amplía en el análisis.

 

 

3) “Es importante señalar que el proyecto presentado no informa sobre la cantidad de hectáreas zonificadas en cada Categoría. Al comparar el nuevo mapa con el mapa del OTBN original, si bien resulta positivo que se incorporen nuevas zonas en las Categorías I - rojo, y II - amarillo, se puede estimar que el nuevo OTBN de Chaco permitirá el desmonte legal de más de un millón hectáreas, una superficie sumamente excesiva teniendo en cuenta la alta deforestación que viene teniendo la provincia en las últimas tres décadas, y que Argentina firmó en la Cumbre Climática realizada en Glasgow en el año 2022 un compromiso de Deforestación Cero para el año 2030. Las actualizaciones de los OTBN de las provincias deberían ir en esa dirección”, consideran desde la organización ambientalista. 

 

 

4) “La zonificación propuesta no respeta el principio de no regresión ambiental ya que permitirá el desmonte en zonas actualmente clasificadas en la Categoría II - amarillo, al pasarlas a Categoría III - verde, algo prohibido por la normativa nacional. Se trata de un área de corredores de conservación y de amortiguamiento del Parque Nacional Copo, la Reserva La Pirámide y la Reserva Provincial Loro Hablador. Esto pone en riesgo la supervivencia de grandes mamíferos, como el yaguareté. De esta forma no se cumple con los Criterios 1, 2, 3, 4 y 5 de Sustentabilidad Ambiental establecidos por la Ley Nacional de Bosques”, detalla en la evaluación de Greenpeace. 

 

5) “La Ley Nacional 26,331 destaca la importancia de respetar los territorios de pueblos originarios. Por ello, resulta fundamental concluir el relevamiento territorial de comunidades indígenas establecido por la Ley 26.160. En Chaco, como en la mayoría de las provincias, dicho relevamiento, que debe realizar el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, no fue concluido”, advierte en la enumeración del documento. Tras considerar que “se trata de información indispensable para la actualización del OTBN”. En esa línea, destaca que “no  se realizaron talleres en sus territorios y en su idioma originario, requisito para cumplir con la consulta libre, previa e informada establecida en tratados internacionales firmados por Argentina. La grave crisis climática y de biodiversidad en la que nos encontramos nos obliga a poner fin a los desmontes y promover el manejo sustentable y la restauración de los bosques nativos, respetando los derechos y territorios de las comunidades indígenas”.

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