¿Qué está prohibido hacer durante la veda electoral?

Está prohibida la venta de bebidas alcohólicas, desde las 20 del día anterior a la elección hasta las 21 del día en que se celebran los comicios.
Para el que venda bebidas alcohólicas durante estas horas, le corresponde una pena de prisión de entre 15 días y 6 meses.
Están prohibidas las reuniones de ciudadanos y electores.
No se pueden hacer espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas, ni reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
Está vedada la entrega de boletas de sufragio en una distancia de 80 metros de los lugares de votación.
Está restringida la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
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No se pueden abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.