Recomendaciones de la Defensoría del Pueblo para reclamar por aumentos sobredimensionados en las facturas de SAMEEP
La Defensoría del Pueblo del Chaco da a conocer el procedimiento para el reclamo por las facturas de SAMEEP. Deja en claro que no se debe dejar de pagar para realizar las protestas.
Ante los innumerables reclamos por el incremento en las tarifas del servicio de agua potable que factura la empresa SAMEEP, la Defensoría del Pueblo del Chaco hizo saber la manera de proceder según la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, siguiendo las indicaciones del apartado Servicios Públicos Domiciliarios. Se debe tener en cuenta que en este caso, el reclamo es válido únicamente si el monto en la facturación supera el aumento del 98 por ciento que quedó autorizado en la última audiencia pública realizada este año.
El ombudsman Gustavo Corregido aclaró que es importante entender que no se debe dejar de pagar la factura para protestar, con el objeto de que no se corte el servicio. Respecto del modo de proceder, desde la Defensoría del Pueblo se asesora al ciudadano indicando que se deber revisar el monto facturado y compararlo con los meses anteriores: el reclamo solamente es válido en caso de que la nueva tarifa exceda el aumento del 98 por ciento que fue autorizado en audiencia pública.
Si el monto supera ese porcentaje, se debe pagar un promedio e interponer el reclamo respectivo en SAMEEP. “La diferencia es lo que se va a discutir. La empresa es la que tiene que probar que el servicio fue bien cobrado o no”, indicó Corregido.
Las personas que tienen dudas o notan irregularidades en estos casos, deben dirigirse a la empresa para que se controle que el cálculo fue correctamente realizado. Por otro lado, a quienes no pueden pagar los nuevos montos autorizados, en la Defensoría del Pueblo se recomienda dirigirse al área social de SAMEEP y solicitar los requisitos para acceder a algún tipo de beneficio, como la tarifa social. Asimismo, para quienes notan irregularidades en los detalles de “consumo no medido”, se recomienda dirigirse a la empresa y solicitar que se coloque un medidor en el domicilio.
LAS ESPECIFICACIONES LEGALES
De acuerdo al trabajo que realizó el equipo técnico de la Defensoría del Pueblo, se deben contemplar dos tipos distintos de reclamos y modos de proceder: uno en caso de corte del servicio o alteraciones y otro en caso de que exista un error de facturación, cuando el usuario considera que se facturó más de lo que ha consumido.
El artículo 30 de la Ley N° 24.240 prevé que en el caso de corte del servicio o alteraciones, el usuario debe efectuar el reclamo ante la empresa dentro de los 15 días posteriores al vencimiento de la factura del periodo en el cual ocurrió la interrupción o alteración.
En un principio se considera que la interrupción o alteración es por causa imputable a la empresa. Una vez que se presentó el reclamo, la empresa dispone de un plazo de 30 días para demostrar que no le es imputable el hecho que originó el reclamo sobre interrupción o alteración. Si la empresa no logra demostrar que la falla no le es imputable, debe reintegrar lo abonado por ese servicio no prestado o debitarlo en la próxima factura. Sin embargo es importante entender que se debe pagar la factura, aunque se haga el reclamo.
En los casos de errores de facturación - cuando los usuarios notan que se ha facturado más de lo se considera haber consumido -, el artículo 31 de la ley mencionada tiene en cuenta dos particularidades: una refiere a que la empresa que presta servicios tiene mediciones que pueden variar de acuerdo a las estaciones del año. Para ello se debe entender que, si el consumo facturado es superior en un 75 por ciento a lo facturado en iguales periodos de los dos últimos años, se presume que hay error de facturación o medición.
La otra particularidad tiene en cuenta los casos en que el servicio no posee variaciones estacionales, por lo que se toma en cuenta las mediciones de los 12 últimos meses. En todos estos casos, al efectuar el reclamo y mientras este sigue los cursos administrativos correspondientes, hay que pedir una tarifa promedio para abonar la factura, pero en ningún momento se debe dejar de pagar.
La empresa tiene un plazo de 30 días para analizar si resuelve a favor del usuario. En caso de que así sea, si el usuario abonó un promedio de más, la empresa debe restituir ese excedente más un crédito del 25 por ciento en concepto de indemnización. Si el reclamo es resuelto a favor de la empresa y el usuario pago de menos, el consumidor debe abonar la diferencia más los intereses.
Te puede interesar
Caso Cecilia: Vecinos reclaman justicia
Una jornada extensa de deliberaciones, día clave para conocer el veredicto de la Justicia sobre el caso de Cecilia Strzyzowsky.
Amplia convocatoria para el Congreso Internacional de Discapacidad
Inicia en la Universidad Nacional del Nordeste el Congreso Internacional de Discapacidad. Luego seguirá con modalidad virtual, para la que se registran 5.300 inscripciones virtuales.
Desaparición forzada de Carlos Tereszecuk: Declaran crimen de lesa humanidad
La desaparición forzada de Carlos Tereszecuk ha sido declarado crimen de lesa humanidad en una sentencia de la jueza federal de Resistencia, Zunilda Niremperger. También se determina que la práctica de arrojar cuerpos al río se repitió en otras víctimas.
Caso Cecilia: Este miércoles declararán los últimos dos testigos
Once testigos ofrecidos por las defensas han declarado este martes c en el juicio con jurado popular por el femicidio de Cecilia Strzyzowski. Este miércoles pasarán los dos últimos testigos.
Caso Cecilia: Declaran los testigos propuestos por las defensas
Declaran los testigos propuestos por las defensas, en el marco de la décima audiencia en el juicio por jurados que se desarrolla en el Centro de Estudios Judiciales, por la muerte de Cecilia Strzyzowski.
Caso Cecilia: Seis nuevos testigos, entre el bombero, el bioquímico, policías y peritos
Seis testigos pasan por la audiencia testimonial de este jueves 6, en el juicio con jurado popular del caso Cecilia Strzyzowski. Exponen el bombero Augusto Esquivel; Sergio Moro, del Laboratorio de Química Legal; Mónica Ferreyra, del Gabinete Científico Judicial, el perito de la policía, José Fernández; Facundo Toledo, perito informático del Poder Judicial y Camila Franco, de Cibercrimen.