Mosqueda reivindica el derecho a la Educación y a trabajar de los docentes
La ministra de Educación, Marcela Mosqueda da a conocer a los directores de unidades educativas deberán arbitrar los medios para garantizar el ejercicio a trabajar de los docentes. Solicita que a las 48 horas de realizada alguna medida de fuerza, presenten la nómina del personal que no hubiere prestado servicio.
El Ministerio de Educación de la Provincia emitió un comunicado de prensa por medio del cual manifestó: “Constituye una circunstancia objetiva indisputable, que el legítimo ejercicio del derecho de huelga por parte de los docentes genera una seria colisión con otros derechos constitucionales. En tal sentido, se ve lesionado el superior interés de los niños a recibir una educación en tiempo y contenidos adecuados, conforme lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño en sus artículos 3°, 28, 29 y 30 (artículo 75 inciso 22 Constitución Nacional), como también, el derecho de los padres a que sus hijos sean educados y el derecho de la comunidad a que se conforme una juventud capacitada. Llegados a esta instancia extrema no escapa a este Ministerio que hay docentes que, honrando los deberes asumidos, orientan su actuación en función del respeto a la dignidad del otro, dando prevalencia al interés superior del niño y derecho a la educación sobre los restantes derechos involucrados”.
“Frente a ello, la ministra de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, profesora Marcela Mosqueda, comunica a los directores y/o responsables de las unidades educativas del sistema educativo del Chaco, que deberán arbitrar los medios necesarios a fin de garantizar el libre ejercicio del derecho a trabajar a los docentes que decidieran prestar servicios, no obstante la ejecución de medidas de fuerza decididas por las asociaciones sindicales”, expresó.
Asimismo, solicitó que “en el plazo de 48 horas de realizada alguna medida de fuerza convocada por asociaciones sindicales, presenten ante la Dirección General de Gestión Educativa la nómina del personal docente que no hubiera prestado servicios durante la realización de la misma”.
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