Convenian garantizar los derechos de pacientes de Salud Mental

El Instituto de Seguridad Social, Servicios y Préstamos y la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia del Chaco suscriben un convenio marco de cooperación. Apunta a la construcción de planes y programas que permitan garantizar los derechos de los pacientes con problemas de salud mentales en la provincia del Chaco.

Convenio entre el InSSSeP y la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco
Convenio entre el InSSSeP y la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco
Convenio entre el InSSSeP y la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia del Chaco

Hoy se firmó el convenio institucional entre el Instituto de Seguridad Social, Servicios y Préstamos y la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia del Chaco. Ambos organismos estuvieron representados por sus titulares, Nancy Mariel Gersel, presidenta del InSSSeP, y Juan Carlos Goya, secretario de Derechos Humanos del Chaco.


Participaron también la licenciada Carolina Fulé (de la Dirección de Atención a grupos en Situación de Vulnerabilidad de la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco), la psicóloga del IPRODICH, Rocío Filip y la psiquiatra Marisa Laura Bozicovic (del Área de Salud Mental del InSSSeP).


Este convenio es producto del consenso alcanzado en “reconocer la importancia de la actuación en forma mancomunada del Poder Ejecutivo provincial con las distintas entidades que conforman la Administración Pública Provincial y/u organizaciones no gubernamentales, a los fines de la correcta implementación y seguimiento de políticas públicas de salud mental que garanticen el cumplimiento del derecho a la salud y de los derechos humanos consagrados constitucionalmente y de conformidad a la normativa vigente nacional y provincial que rige su ejecución”.




Juan Carlos Goya destacó que “la firma de este convenio es un verdadero logro en la construcción de derechos para los pacientes que tienen problemas en su salud mental, de esta manera podemos avanzar en la construcción de equipos de técnicos y profesionales que nos indiquen la mejor manera de cumplir plenamente con la absoluta vigencia de la ley de Salud Mental provincial y nacional”.




Con respecto a las personas que se encuentran con problemas mentales manifestó que “generalmente son muy discriminadas por la sociedad, muy maltratadas, incluso en su propio ámbito familiar, tienen problemas de convivencia, el ámbito familiar se ve con peligros de situaciones que no entiende y que nadie atiende como un problema de salud. El tratamiento adecuado está demostrado internacionalmente, no es la internación de por vida para locos, es el monitoreo permanente de cada situación de vida, de cada paciente, su externalización, que pueda convivir con su familia y que ese proceso tienda a dar mayor dimensión y calidad a su tratamiento, por ello tanto el IPRODICH, como la Secretaría de Derechos Humanos y el InSSSeP nos pusimos de acuerdo para avanzar en la construcción de planes y programas que nos permitan garantizar derechos en la provincia del Chaco”.



OBJETIVOS:




El presente convenio tiene por objeto establecer un marco amplio de cooperación entre la Secretaría y el InSSSeP -dentro de sus respectivos ámbitos de actuación- para la articulación, ejecución e implementación de acciones, proyectos y programas, a desarrollar en forma conjunta o en colaboración, con el objetivo de garantizar la protección de los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental. En función de ello, ambas partes se comprometen a:


a) Estrechar relaciones mutuas, aunar esfuerzos y establecer normas amplias de actuación comunes, que encaucen dentro del presente acuerdo las actividades a desarrollar en forma conjunta, en el marco de la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26657 y la Ley Provincial de Salud Mental N° 7622.


b) Brindarse asesoramiento y activa colaboración conjunta en cuestiones referentes a la salud mental, el consumo abusivo de sustancias y la protección de los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.


c) Formación del personal y/o realización de prácticas formativas.


d) Considerar y articular los diagnósticos realizados por ambas instituciones desde sus prácticas, funciones y responsabilidades respecto a la implementación de las legislaciones vigentes en materia de protección de los derechos de las personas con padecimiento mental y consumo abusivo de sustancias.


e) Evaluar en forma conjunta las clínicas psiquiátricas prestadoras de la obra social InSSSeP en lo referido al cumplimiento de los derechos humanos garantizados en relación a las prestaciones en Salud Mental.



f) Proponer programas tendientes a la inclusión del sufriente mental en la familia y en la sociedad y diseñar las estrategias que permitan Trabajar las internaciones prolongadas en instituciones prestadoras de la obra social InSSSeP a través de un Programa de Externación de Pacientes Crónicos.


g) El IPRODICH ha afectado una psicóloga a la Secretaría de DDHH para la elaboración y el desarrollo del plan de externación de pacientes crónicos.

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