Retiro Voluntario Docente: Legisladores piden informes a organismos y sindicatos
Legisladores provinciales que integran la comisión de Educación evalúan iniciativas de Retiro Voluntario para Docentes. El eje de la temática está dado por un proyecto de ley impulsado por varios diputados de Cambiemos, al que se le suman otros presentados años anteriores.
La comisión de Educación de la Legislatura chaqueña sesionó en forma exclusiva, hoy martes, presidida por su titular, la diputada provincial María Elena Vargas. También estuvieron los legisladores provinciales Andrea Charole, Gladis Cristaldo, Claudia González, Nadia García Amud, Alejandro Aradas, además de la participación del diputado provincial Daniel Trabalón
Durante la reunión se analizó el proyecto de Ley Nº 1.993/18 que establece un Régimen de Retiro Voluntario Móvil para el Personal Docente comprendido en la Ley 5.125 (Estatuto del Docente). Esta iniciativa está impulsada por varios diputados provinciales de Cambiemos. Este tema cuenta con antecedentes de iniciativas similares de otros años sobre la misma temática y decidieron pedir informes a distintos organismos antes de emitir dictamen.
Asimismo, los diputados decidieron otorgar audiencia al secretario general de SITECh Federación, Eduardo Mijno para el próximo 12 de junio, a las 11 horas. El dirigente docente había solicitado reunirse con los legisladores provinciales para abordar los siguientes temas: situación de los docentes de Wichi-El Pintado; perfeccionamiento a través de postítulos dictados por sindicatos y otras instituciones; transferencias del ciclo orientado con competencia de título; y también plantearán la falta de información requerida por este sindicato sobre proyectos especiales.
Retiro Voluntario Docente
La iniciativa 1993/18 del interbloque Cambiemos propone que: “Podrá acogerse a este beneficio el personal docente que haya efectuado aportes al Instituto de Seguridad, Seguros y Préstamos de la Provincia del Chaco, por un mínimo de quince (15) años y hayan cumplido 40 años de edad”. “Podrán acceder, asimismo, los docentes que hubieren cumplido veinte (20) años de servicio docente con 15 años como mínimo frente a grado o curso. Asimismo, podrán acceder al beneficio, los docentes que hubieren cumplido veinticinco (25) años de servicio docente con 12 años como mínimo frente a grado o curso”. “Por último, pueden acceder al beneficio, los docentes que hubieren cumplido veintiocho (28) años de servicio, sin límite de edad y con independencia de haber estado frente a un grado o curso”.
También dispone que “El monto del haber mensual del Retiro Voluntario Móvil, será el equivalente al setenta y cinco (75 por ciento) móvil de las remuneraciones correspondientes a diez (10) años de toda su carrera docente -a opción del afiliado- en cargos de mayor jerarquía o mayor remuneración, desempeñados en forma continua o discontinua, haciendo el pertinente prorrateo y conforme con lo establecido en la Ley 4.044. Ese porcentaje del haber deberá mantenerse hasta el momento en que el agente encuadre en las previsiones mínimas exigidas por la Ley 4.044 y modificatorias, para obtener los beneficios previsionales allí establecidos”.
La comisión pedirá informes a los Ministerios de Educación; Hacienda y Presupuesto; InSSSeP, y a los gremios docentes para que emitan opinión respecto de las iniciativas antes de decidir sobre el mismo.
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