El STJ chaqueño requiere al Gobierno un plan de readecuación penitenciario

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco da lugar a un habeas corpus a favor de las personas condenadas alojadas en comisarías. Ordena al  Ministerio de Seguridad y Justicia que proponga un plan de readecuación de la política penitenciaria.
Superior Tribunal de Justicia del Chaco

El máximo tribunal provincial hace lugar a un habeas corpus colectivo y correctivo a favor de las personas condenadas que están alojadas en comisarías de toda la provincia y ordena a la cartera de Seguridad y Justicia que ofrezca un plan de readecuación alternativo de política penitenciaria. La decisión responde a la presentación hecha por defensoras y defensores oficiales de las seis circunscripciones judiciales.

 

 

El plan deberá trazarse de acuerdo con las necesidades y particularidades de los establecimientos. Para ello las condiciones edilicias tanto de las dependencias policiales como de las penitenciarías serán adecuadas de modo que cumplan con el marco normativo aplicable y al desarrollo de acciones orientadas a asegurar la vigencia concreta de los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

 

 

Además, la sentencia 135/23 de la Secretaría de Asuntos Constitucionales Nº 3, pide a la Procuración General, Defensoría General, juzgados de Ejecución Penal y cualquier otra autoridad competente que determinen la situación procesal de las personas alojadas en las comisarías provinciales para coordinar los traslados de quienes tengan condena firme a las dependencias correspondientes. Esto se hará con la mayor premura posible, en forma gradual y paulatina con el fin de corregir con celeridad la situación “hasta alcanzar los niveles de equilibrio que garanticen la adecuación a las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos”. También ordena que estas medidas sean coordinadas entre la Jefatura de Policía y el Servicio Penitenciario Provincial.

 

 

Finalmente, el STJ insta a las autoridades y organismos a que continúen trabajando en las mesas conformadas a partir de las sentencias 4/17, 183/18, 52/20 y 238/20.

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