Nuevas restricciones: El gobierno apunta a reducir la nocturnidad
Con particularidades locales, Chaco extiende hasta el 21 de mayo las restricciones sanitarias. Mantiene el esquema de alternancia entre presencialidad cuidada y virtualidad; mientras que establece medidas destinadas a reducir la nocturnidad.
El nuevo Decreto, N°939 establece una prórroga al Decreto N°857 por el lapso de tres semanas. Las medidas tienen como objetivo reducir la circulación, principalmente en horarios nocturnos, para prevenir contagios por coronavirus.
A través del Decreto N° 939/2021, el Ejecutivo chaqueño ratifica el acompañamiento a las medidas dispuestas por el Gobierno nacional, con algunas particularidades aplicables a nivel local, hasta el 21 de mayo.
Las medidas sanitarias que apuntan mitigar los impactos de la pandemia por COVID -19 en la provincia, entran en vigencia este sábado 1 de mayo y se extenderán hasta el próximo viernes 21. A través del Decreto N°939 /2021, el Gobierno provincial decide prorrogar las disposiciones vigentes por tres semanas y concordancia y acompañamiento al Gobierno nacional.
El nuevo documento reitera el estricto cumplimiento de protocolos sanitarios como ser: uso de barbijo o tapaboca, higienización de manos y distanciamiento entre personas.
Las medidas apuntan a mitigar y reducir la cantidad de contagios de coronavirus, para lo cual se establecieron marcadas acciones para controlar la nocturnidad. Respecto del sistema educativo, seguirá el mismo esquema de alternancia entre una presencialidad cuidada y en algunos casos con clases virtuales.
Las medidas sanitarias provinciales son de acompañamiento a las restricciones y disposiciones del Ejecutivo Nacional, con algunas particularidades aplicadas a la situación local.
Las medidas vigentes según el Decreto
Reuniones y Eventos: no están permitidos eventos públicos y privados en espacios cerrados, bajo cualquier modalidad o motivo, con la excepción de reuniones familiares de grupos convivientes en domicilios particulares y eventos en espacios abiertos, con límite de hasta 20 personas.
Disposición Especial: las empresas del Estado prestadoras de servicios públicos estarán facultadas a interrumpir el servicio en aquellos inmuebles en los que, además de incumplir con la restricción de eventos, se registren irregularidades o alteraciones en la declaración de categoría de usuario o en la potencia declarada. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el organismo de contralor, que notificará a la empresa prestataria la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble. La reconexión del servicio se hará efectiva una vez que se acrediten las sanciones o multas aplicadas.
Casinos, cines, centros comerciales: la actividad se limitará hasta el 50 por ciento de ocupación de la superficie habilitada.
Gastronomía, restaurantes, bares: se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos con distanciamiento social, con limitación de capacidad, desde las 8 hasta las 0 horas.
Gimnasios, actividades físicas y deportivas: se limitará hasta el 50 por ciento de ocupación de la superficie habilitada, y no está permitida la presencia de público.
Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada y no podrán durar más de 2 horas.
Restricción de circulación: se ratifica la restricción total de circulación de personas entre las 22 y las 6 de cada día, con excepción de aquellas personas que deban ejercer su trabajo, por tareas esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.
Permisos de ingreso y circulación: se dispone la obligatoriedad del Permiso de Ingreso a la provincia, gestionado a través de Tu Gobierno Digital.
Transporte: para el área Metropolitana del Gran Resistencia la capacidad de ocupación habilitada será del 100 por ciento de pasajeros sentados en cada unidad, en el horario de 06 a 21. No está permitido el traslado de pasajeros parados. Además, se establece la obligatoriedad para las empresas del transporte público, de fortalecer las frecuencias del servicio en los horarios pico.
Turismo: no están permitidos los viajes o tours de egresados o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo. El Gobierno no recomienda el traslado de personas desde y hacia otras jurisdicciones provinciales, sobre todo en aquellas en las que existan casos detectados de la variante del SARS-CoV2.
Administración pública: se deberá minimizar o eliminar la presencialidad de agentes de la administración pública que pertenezcan a grupos de riesgo, pero cumpliendo bajo la modalidad de teletrabajo.
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