Cerca de la creación del Registro Único de Docentes

El Registro Único de Docentes consigue despacho favorable en la comisión de Industria, Comercio y Defensa del Consumidor de la Legislatura chaqueña. En este estarán anotados aquellos que deben desplazarse de una localidad a otra para desempeñar sus tareas.

Educación - Docentes
Comision-de-Industria-Comercio-y-Defensa-del-Consumidor-19-06-04-01
Diputados provinciales de la comisión de Industria, Comercio y Defensa al Consumidor

En el anexo legislativo, estuvo reunida, la comisión de Industria, Comercio y Defensa del Consumidor. El encuentro lo presidió la diputada provincial Carina Batalla, junto a los legisladores provinciales Hugo Domínguez, Enrique Paredes, Liliana Spoljaric y Juan Manuel Pedrini.

 

 

Entre otros temas, los diputados analizaron el proyecto de Ley 3.626/15. Esta iniciativa crea en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia el Registro Único de Docentes destinados a docentes que deben desplazarse de una localidad a otra, para desempeñar sus tareas. El dictamen contempla cómo debe ser la inscripción qué medios de transporte utilizan, entre su residencia habitual y los establecimientos escolares en los que presten servicios, durante el ciclo lectivo anual que fijará el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, organismo éste que establecerá un período dentro del cual anualmente los docentes deben inscribirse en el Registro Único de Docentes, acreditando en carácter de declaración jurada la siguiente información: 1) datos personales; 2) domicilio o residencia; 3) domicilio del establecimiento escolar; 4) horario de desempeño de su función.

 

 

También se prevé que la autoridad de aplicación será la encargada de requerir a los docentes la documentación pertinente y disponer las medidas necesarias para la implementación, mantenimiento y actualización de los datos del Registro, como también requisitos, condiciones y alcances del mismo; asimismo propone que se deberá publicar anualmente en el Boletín Oficial y en la página web de la misma el listado de docentes inscriptos en el Registro Único de Docentes, siendo autoridad de aplicación el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.

 

 

La comisión adelantó despacho favorable aconsejando al Cuerpo la sanción del proyecto de Ley 3.626,15.

 

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