La Intergremial Judicial plantea nulidad de lo actuado por jueces del tribunal ad hoc del STJ

La Intergremial Judicial del Chaco plantea incidente de nulidad de lo actuado en audiencia de fecha 11 de abril de 2025, por el Tribunal ad hoc en la causa: “Alonso de Martina, Marta Inés y otros s/acción de amparo".

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Union-Judicial-25-04-25-01
Manifestación de judiciales

 La Intergremial Judicial del Chaco ha planteado incidente de nulidad de lo actuado en audiencia de fecha 11 de abril de 2025, por el Tribunal ad hoc en la causa: “Alonso de Martina, Marta Inés y otros s/acción de amparo", Expte N° 59854/05.

 

 

La presentación efectuada plantea la  nulidad absoluta del dictado de nuevas sentencias en la cuestión que ya es cosa juzgada  y continúan dictando sentencias complementarias sobre sentencias anteriores como en éste caso, máxime habiendo sido emitidas por un tribunal compuesto por dos fiscales de cámara y un juez civil y comercial, en ejercicio de sus funciones, quienes son potenciales beneficiarios del tratamiento llevado a cabo en la audiencia cuestionada. Plantea que en esta cuestión es  juez y parte, instruyendo al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo para que deroguen leyes salariales, que se encuentran vigentes y benefician al conjunto del Poder Judicial, con  la finalidad de elaborar un nuevo proyecto de Ley que sólo beneficie a los propios jueces. Esta situación generará un conflicto de derecho de tal relevancia que afecta directamente a los trabajadores  vulnerando los derechos adquiridos.

 

 

Tanto La Ley 3424-A vigente y su modificatoria que ratifica la Ley de porcentualidad, 468- A, garantizan una distribución equitativa del salario de todo el sector,  beneficiando a toda la estructura del Poder Judicial, inclusive a los accionantes de la causa judicial mencionada. Esta Ley ha sido sancionada por unanimidad en la Cámara de Diputados y  el Poder Ejecutivo  la reglamentó a través  del Decreto 569/23, para lo cual creó la Comisión Técnica con participación de todos los sectores del Poder Judicial. Todo esto ha sido consentido por los accionantes del amparo, sin embargo el tribunal ad hoc, a pedido de parte,  excediendo sus facultades constitucionales y violando el principio de la cosa juzgada, dicta una y otra vez sentencias complementarias que no están previstas en los códigos civiles provinciales ni nacionales.

 

 

La intención de ésas “sentencias complementarias” viciadas de nulidad es derogar la ley vigente que beneficia a todos, y pretenden elaborar un nuevo proyecto de ley que solo beneficie a jueces y funcionarios.

 

 

Ante ello, la Intergremial Judicial ve con mucha preocupación la participación del ministro de Hacienda y Finanzas, en la audiencia convocada por el tribunal ad hoc. Esta misma ha pasado a cuarto intermedio por treinta días, justamente para concluir un nuevo proyecto de ley, que no incluya a los trabajadores judiciales.

 

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