
El Ejecutivo chaqueño envía un proyecto de ley que propicia la regulación del uso de dispositivos electrónicos en las escuelas. Apunta a ayudar a mejorar el rendimiento de los alumnos en las aulas.
El Ministerio de Educación de Chaco establece un nuevo esquema organizacional, mediante el Memorandum N° 38, en el marco de las restricciones por pandemia. Es en cumplimiento con el Decreto 1.242/21 del Poder Ejecutivo provincial que rige desde el jueves 10 al lunes 21 de junio, inclusive.
EducaciónLa Subsecretaría de Planeamiento del Sistema Educativo, Ciencia y Tecnología, establece que desde el lunes 14 de junio se retornará a la presencialidad cuidada, (según Decreto Nº 355/21) en los establecimientos rurales y de aquellas localidades y zonas que registren tasa de incidencia inferior a 150 casos cada 100 mil habitantes. Se trata de las localidades de Cote Lai, Charadai, El Sauzalito y Comandancia Frías.
Para aquellos establecimientos no comprendidos en la excepción mencionada, los docentes deberán dar continuidad al desarrollo curricular a través de medios digitales disponibles, propuestas didácticas de la plataforma educativa `ELE´, materiales impresos, entre otros.
Para las instituciones educativas que se enmarcan en la presencialidad cuidada, podrán realizar el acto de promesa de lealtad a la bandera el viernes 18 de junio, respetando los protocolos sanitarios y los grupos burbujas, con estudiantes de cuarto grado y/o quinto grado que no realizaron la promesa el año pasado. Mientras que las instituciones educativas que se enmarcan en la no presencialidad podrán hacerlo de forma virtual, o en su defecto, cuando se autorice el retorno a la presencialidad.
Se recuerda además que los establecimientos educativos deberán conservar una guardia mínima, garantizando el acceso a los dispositivos electrónicos y la conectividad; los equipos directivos podrán disponer del personal docente y no docente necesario a tal fin. Los docentes que no posean medios digitales conectados y deban cumplir su jornada laboral de manera remota, deberán asistir al establecimiento educativo, usando las herramientas allí disponibles.
Los jardines seguirán abiertos
Además, este Memorándum ratifica el funcionamiento de salas de niños y niñas de 45 días a 2 años y salas de 5 años en jardines de infantes, siguiendo los protocolos sanitarios de presencialidad cuidada enunciados en el Decreto Nº 355/2.021, a excepción de 14 localidades que presentan un ratio inter quincenal mayor a 1.10. En el Nivel Inicial, los docentes, independientemente de la sección por edad en la que estén según declaración jurada de cargo, deben prestar servicio de forma presencial, en la carga horaria que le corresponda según jornada simple o completa y/o guardia mínima según el régimen de presencialidad.
Las localidades que no tendrán presencialidad en el Nivel Inicial son: Ciervo Petiso, San Bernardo, Las Garcitas, Campo Largo, Enrique Urien, Villa Ángela, La Verde, Concepción del Bermejo, Puerto Tirol, Puerto Vilelas, Charata, General Pinedo, Las Breñas y Fontana.
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