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Jubilados del Tribunal de Cuentas manifiestan públicamente su “indignación por la respuesta del InSSSeP ante el suicidio del afiliado Juan Alberto Rinessi”, ocurrido recientemente.
Actualidad - Provincia
A través de un documento que lleva la firma de muchos jubilados del Tribunal de Cuentas expresan lo siguiente:
“Que la versión – ante el suicidio de Juan Alberto Rinessi- de la supuesta falta de respuestas del InSSSeP en realidad consistió en el otorgamiento de una mendacidad inoportuna y manifiesta. El deber de respuesta de la administración se transformó en una palmaria mentira que indignó e indigna tanto al beneficiario de los deberes incumplidos y a sus familiares, como asimismo a la totalidad de sus compañeros, hoy dolientes ante el inesperado desenlace del triste reclamo.
Que la conducta señalada autoriza sobradamente a exigir que el InSSSeP debería expresar y publicar disculpas a sus deudos como respuesta institucional.
Sin perjuicio de ello, expresamos la ausencia moral de las publicaciones otorgadas por los funcionarios públicos en su oportunidad siendo que ello instala a dichos actos en un ámbito inaceptable de reflexiones inadecuadas de este sector de la administración que no escapa del andarivel del descreimiento, la desconfianza y el rechazo frontal del sector pasivo comprometido y de la ciudadanía toda.
En efecto, el contenido de la publicación de fecha 20 de febrero del corriente año –pagina 4- del periódico Norte y rotulada ‘El InSSSeP dio su versión ante el suicidio del jubilado del Trribunal de Cuentas’ es totalmente falsa e indignante. Ante el reclamo de nuestros compañeros relacionado al reconocimiento y pago de los adicionales remunerativos otorgados por Decretos N° 3.902/19 del 15/10/19 y Nº 1.296/20 del 7/10/20 no fueron objeto de procedimiento administrativo alguno que fueran informados, tampoco encontraron recepción y explicaciones adecuadas de las demandas administrativas efectuadas insistentemente, provocando esta inconducta el malogrado final que reemplazara a la respuesta legal debida, insistiendo verbalmente funcionarios del InSSSeP que a los Decretos le faltaba reconocimiento legal para lo cual se debió tramitar a través de la Cámara de Diputados el dictado de la Ley Nº 3.262-A del 18/11/20. Sin embargo, a otro organismo del Estado –al cual el Tribunal de Cuentas esta asimilado- comenzó a pagar al mes siguiente de los activos y siguen cobrando hasta la fecha sin el dictado de una ley, totalmente distinto al tratamiento dado a los jubilados del Tribunal de Cuentas, que hasta el día de hoy pasados 18 meses, no lo percibimos.
Juan Alberto Rinesi no fue recibido, no se le dieron explicaciones adecuadas y solo halló atajos, silencios alejados de la función administrativa exigible en un estado de derecho en el que vivimos.
‘El INSSSeP dio su versión ante el suicidio del Jubilado del Tribunal de Cuentas’, violando no sólo la Ley de trato preferente de adultos mayores, sino también violó las normas superiores de la Constitución Nacional, Constitución Provincial 1.957-1.994 Artículos 14, 18 y 36, y la Convención Interamericana de Derechos Humanos Artículo 8 punto 1 y 25 (año 1966) y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales, Políticos, Culturales y Ambientales (P.I.D.E.C.S) año 1.963.
Consistiendo la conducta administrativa indicada un apartamiento flagrante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en lo relativo a la protección debida del Derecho a la Ancianidad y las garantías del Sector Pasivo de la Sociedad, todo bajo el principio de progresividad de sus derechos. En esto debería consistir la conducta administrativa, ya que el organismo sólo puede proceder a la liquidación de conceptos que tienen fuente legal. Asi lo exigimos los abajo firmantes”.
Reynoso Isidoro DNI Nº 7.658.465
Noguera Rubén DNI Nº 5.079.105
Floriani Leonor DNI Nº 11.058.359
Toledo Teresa DNI Nº 12.172.731
Diaz, Martha G. DNI Nº 11.522.120
Curi Javier DNI Nº 7.918.957
Studer Irma DNI Nº 11.406.423
Allmand Ana Delia DNI Nº 9.986.731
Gauna de Borelli Yolanda DNI Nº 11.249.783
Mazzo Saturnino DNI Nº 12.470.835
Stella Basilia DNI Nº 6.353.793
Velardez, Marta G DNI Nº 12.816.918
Leoni José Luis DNI 13.289.181
…hay más firmas

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