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ATECh rechaza el proyecto de Educación Digital presentado por la cartera educativa. De entrada, dice que “se da de patadas con la Constitución” al hablar de un sistema de educación digital ya que “el sistema educativo es uno solo.
Educación - Sindicales
“Ante la convocatoria a la mesa técnica que funciona en el seno de la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo, convocada por la Coordinación de las mismas del Ministerio de Cultura, Cultura, Ciencia y Tecnología para tratar el proyecto de Ley del Gobierno de Educación Digital, el cual indica en su primer artículo que dicha ley regula el derecho de enseñar y aprender en ‘un sistema de educación digital’ en todo el territorio de la Provincia”, ATECh marca que “se da de patadas con la Constitución misma hablar de ‘un sistema de educación digital’” toda vez que el sistema educativo es uno solo”.
“En su artículo 2° señala que la educación digital es un bien público y un derecho personal, social e inalienable que debe ser garantizado por el Estado Provincial”, expone. Al respecto, ATECh expresa que “dejamos sentado que, la educación es un derecho social desde la sanción de la Constitución de 1.853 y un derecho personal y un bien público y social, tanto como el conocimiento, desde la sanción de la Ley 26.206 y su correlato jurisdiccional. Ergo no pueden atribuirse las mismas notas esenciales a una modalidad de la educación como lo es la digitalización, Desde el vamos no nos quedan dudas que la intencionalidad política del Ministerio con este proyecto de ley es echar mano a lo laboral, con vistas a podar la Ley del Estatuto del Docente”.
Respecto de la “garantización” del Estado Provincial para el acceso de todos/as los/as ciudadanos/as a la Educación Digital para toda la educación obligatoria, ATECh considera que “es obligación del Estado asegurar los bienes y elementos para el acceso a la información digital, pero no puede garantizar un derecho que ya está garantizado por las Constituciones -Nacional y Provincial-“.
“El Artículo 4º dice: Establécese que resulta fundamental promover la construcción de un conjunto de saberes relativos a una diversidad de lenguajes y recursos narrativos que se introducen en la dimensión de lo digital como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social”, expone. Desde ATECh plantean que “significa mero reduccionismo. El lenguaje y el universo de posibilidades de aprendizajes digitales es amplio y merece discusión. Este artículo es claramente una variación inconsulta de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales Provinciales”.
En el artículo 5°, en su inciso último plantea “La incorporación de roles docentes y/o no docentes de apoyo a la implementación de la educación digital y promoción de la innovación y tecnología educativa en las instituciones educativas”. En relación a esto, sostiene que este artículo es “inadmisible en general y este inciso en especial, toda vez que altera la carrera y el escalafón docente, como la propia estabilidad laboral”
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El artículo 6° respecto de la “Implementación de la Educación Digital” plantea que será “gradual y progresiva”, de esto, ATECh analiza que “la educación como la conocemos y con las implicancias que ella implica (valga la redundancia) sería reemplazada. Lo que liquidaría la planta docente, los estatutos, las jubilaciones, los derechos todos”.
Sobre el artículo 7° referente al “derecho a la educación digital”, subraya que “la cultura digital debe formar parte de la currícula escolar como un modo más de escritura. No como forma única”.

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