Ratifican condenas por fusilamiento de dirigentes de las Ligas Agrarias

La Sala IV de Casación Penal de la Cámara Federal confirma las condenas por fusilamientos de los dirigentes de las Ligas Agrarias. También ratifica la sentencia en cuanto a  torturas a militantes del movimiento campesino.

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Carlos Servando Piccoli y Naro Gòmes Estigarribia

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirma  las condenas a perpetua para el agente   Alcídes Safenreiter de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco  y para el capitán de Ejercito del área de Inteligencia,  José Tadeo Bettolli, por los fusilamientos de Carlos Servando Piccoli y Ñaro Gómes Estigarribia , ambos dirigentes del movimiento campesino de Las Ligas Agrarias .

 

 

 

Asimismo se confirma la condena  a 18 años para el comisario general  Eduardo Wischnivetzky por  torturas a  tres militantes de las Ligas Agrarias.

 

 

 

La resolución la tomaron por unanimidad  los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación el pasado 19 de octubre.

 

 

 

La sentencia confirmada ha sido dictada el 25 de junio de 2019 por el Tribunal Oral Federal de Resistencia con la composición de los jueces Juan Manuel Iglesias, Rocío Alcalá y Luis González .

 

 

 

Casación confirma las condenas a prisión perpetua contra Bettolli, como coautor penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el número de participantes” respecto del hecho que tuviera como víctima a Raúl Eduardo Gómez Estigarribia; contra Safenreiter, como coautor penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por alevosía” respecto del hecho que tuviera como víctima a Carlos Servando Piccoli y a 18 años de prisión contra Wischnivetzky, como autor del delito de “privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados” que tuvieron como víctimas a Santos Britez, Hipólito Britez y Modesto Meza .

 

 

 

En cada uno de los casos, los jueces de Casación realizan un minucioso análisis de las pruebas que permiten la reconstrucción de los hechos y responden a los planteos y objeciones de cada una de las defensas.

 

 

 

Además ha quedado firme por no ser apelada la condena a 4 años de prisión contra el comisario General Rodriguez Valiente por el delito de encubrimiento de ambos homicidios.

 

 

 

Por ultimo, casación analiza el contexto de acontecimiento de los crímenes, en los mismos términos que el Tribunal de Resistencia , refiriendo  “las Ligas Agrarias – desarrolladas en las provincias del nordeste- en particular, se apoyaban en el factor de marginalidad que poseían los pequeños productores, campesinos y trabajadores rurales en el contexto de la sociedad capitalista vigente. Las Ligas Agrarias representaron entonces un gran sector de productores rurales, tanto colonos como campesinos, que viéndose marginados del modelo de desarrollo dominante, irrumpieron en la arena de la lucha política de los años 70 colocando al agro al lado del resto de las expresiones de cambio radical de aquellos años”.

 

 

 

En lo atinente al plan represivo, se afirma que “el Ejército Argentino movilizó efectivos al interior de Chaco, incluidos también los cuadros de la Policía provincial, que por normativas de facto vigentes a la época les estaban subordinados. En lo que se conoció como lucha contra la subversión y en la persecución de los consideraban elementos hostiles -de suyo, en la práctica así fueron considerados los miembros de Ligas Agrarias-, se ejecutaron operaciones que implicaron el hostigamiento, la represión, desaparición y muerte de parte de trabajadores rurales, pequeños productores, sus militantes y dirigentes”. 

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