Circulación de vehículos: Rigen la Revisión Técnica Obligatoria y el seguro

Está vigente la Revisión Técnica Obligatoria y el seguro para la circulación de vehículos motorizados, aclara la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Explica que lo publicado en el Boletín Oficial  se  refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/58 del Registro Automotor y no a la normativa nacional de tránsito.

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Control en ruta nacional

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclara que la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y del seguro continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública. El Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de ambos requisitos.   

 

 

En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recuerda la documentación y elementos requeridos para viajar: 

 

¿Qué chequear de la mecánica antes de viajar? 

 

-Documento Nacional de Identidad (DNI). 

-Licencia Nacional de Conducir. 

-Cédula verde o azul. 

-Comprobante de seguro en vigencia. 

-Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo. 

-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV). 

-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado. 

-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares. 

 

¿Qué chequear de la mecánica antes de viajar? 

 

 

-Funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo. 

-La presión de los neumáticos. 

-Que la rueda de auxilio esté en buenas condiciones. 

-Nivel de aceite, líquido refrigerante y de frenos.  

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