La normativa, que entrara en vigencia el 24 de enero, queda suspendida en la provincia del Chaco por un fallo de la jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, Chaco, quien da lugar a una medida cautelar, promovida por Hilda Beatriz Dellamea, Cristina Araceli Chemes, Clelia Mirtha Ávila, Gabriela Monzón y Claudia Mariel Medina, con la representación legal de Fernando Enrique Guirado
El amparo apunta “contra el Gobierno de la provincia del Chaco y/o el Ministerio de Salud Pública del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco y/o quien resulte responsable”.
Una de las promotora de la acción, Clelia Ávila del Movimiento Unidos por la Vida y la Familia, aclara que si bien “se suspendió en nuestra provincia la aplicación de la Ley 27.610 (de legalización del aborto) por Resolución favorable de la jueza del Juzgado Civil y Comercial N°19 de Resistencia, Chaco, ante la medida cautelar que hemos presentado, falta que se resuelva la acción de amparo”.
Remarca que “mientras no se resuelva ésta, no se aplica la ley en Chaco. Y si sale favorable el amparo, jamás será ley”.