
El Ministerio de Hacienda y Finanzas anuncia el cronograma de pagos de los programas provinciales. Estarán acreditados en cuentas del Nuevo Banco del Chaco.
El legislador provincial Luis Obeid, presidente de la comisión de Salud de la Legislatura chaqueña, considera que hay un error de interpretación en el veto a la difusión de los derechos consagrados en la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles. Niega que no se haya tenido en cuenta la objeción de conciencia.
Actualidad - ProvinciaEl diputado provincial Luis Obeid, en su condición de titular de la comisión de Salud, opinó sobre el veto total del Ejecutivo Provincial a la sanción legislativa 3.058-G que todavía no tuvo ingreso a la comisión de Salud para su tratamiento. Al respecto precisó: “el gobernador argumenta en el veto que no garantiza la norma que aprobamos el derecho de objeción de conciencia, cosa que de ninguna manera está referido ahí, por lo que creo que hay una confusión de interpretación”.
Además, relató que “donde fundamenta de la obligatoriedad que violentaría la libertad moral y de conciencia, tampoco hablamos de eso en la sanción legislativa, y que no garantiza el derecho moral y de conciencia por lo que tampoco estamos de acuerdo con eso”, indicó el presidente de la cartera de Salud de la Legislatura chaqueña.
Al evaluar los puntos que tuvo en cuenta el gobernador para tomar la decisión, Obeid precisó: “nosotros remarcamos que no se puede confundir el deber de informar, con promover o realizar la práctica” e indicó “lo más importante es el derecho del paciente a estar informado, no es una cuestión personalísima de lo que yo pienso o lo que supongo, ya que la pregunta central es si existe o no derecho al aborto, y en esto hay que ser claros, en la Argentina existe el derecho en dos situación puntuales, contempladas desde el año 1.921 en el Código Penal en artículo 86 casos en los que no son punibles”, detalló.
Luego explicó que “con la sanción legislativa por la Legislatura Chaqueña se les está diciendo a los profesionales que sepan a qué atenerse en el caso de que se les presente una de estas situaciones, y que negando este derecho no vamos a resolver la cuestión”.
Cabe aclarar que la ley original, recientemente vetada, persigue una difusión y capacitación de los derechos consagrados en la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, tanto al público en general como a los efectores de salud, en particular aquellos donde se ejecuta el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y la atención de ginecología y obstetricia.
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