Proponen protocolo de actuación de fuerzas de seguridad y sanitarias para situaciones de intoxicación con sustancias
Los legisladores provinciales Gladis Cristaldo y Héctor Daniel Trabalón propician un protocolo de actuación para los agentes de las fuerzas de seguridad y efectores de salud acerca de personas en estado de intoxicación. Prioriza la celeridad en el traslado a los hospitales.
Los diputados provinciales Gladis Noemí Cristaldo y Héctor Daniel Trabalón presentaron el proyecto de Ley N° 2.563/19 que propicia protocolizar la intervención de los agentes de las fuerzas de seguridad y los efectores de salud respecto de las personas en estado de intoxicación por sustancias legales e ilegales y/o con padecimientos mentales que se encuentren descompensadas, a fin de garantizar su seguridad y la de terceros, priorizando el acceso primario a la Salud y la integridad psicofísica de las mismas.
La iniciativa tiene el fin de adecuar las intervenciones de los cuerpos policiales y los efectores de salud a la normativa internacional y los estándares fijados por la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y Provincial 2.339 – G (antes Ley 7622) para dar una respuesta efectiva a las personas que se encuentren en un riesgo cierto e inminente para sí o para terceros por un estado de intoxicación o una descompensación de su padecimiento mental.
Este protocolo, de sancionarse, garantizaría el acceso a la salud y la integridad psicofísica de las personas con presunto padecimiento mental y/o que se encontraren en situación de consumo problemático de sustancias, al momento de ser halladas, aprehendidas y/o detenidas y unifica los criterios de actuación de los miembros de la Policía de la Provincia del Chaco y los efectores de Salud para la intervención temprana ante dichos casos.
El texto del proyecto prioriza la rápida intervención de los agentes estatales tendientes a asegurar la salud y seguridad de la persona, priorizando la celeridad en el traslado a los establecimientos hospitalarios por parte de los efectivos policiales, trato digno y humanitario en el derecho de acceso a la salud, la interconsulta entre los distintos servicios de salud con la guardia del hospital y los registros de historias clínicas correspondientes que permitan un posterior seguimiento de la persona estabilizada como así también un asesoramiento y tratamiento más personalizado y efectivo.
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