Blanqueo de capitales: Ricardo Sánchez sostiene que no hay impedimiento constitucional

El diputado provincial Ricardo Sánchez sostiene que no hay impedimento constitucional para adherir a la Ley Nacional de Blanqueo de capitales. Sostiene que se disminuiría el monto del gravamen que tiene que pagar el que declara este dinero pero con vistas a la segunda etapa, que es la del 21 de noviembre.
diputado provincial Ricardo Sánchez diputado provincial Ricardo Sánchez

El diputado provincial del Partido Justicialista, Ricardo Sánchez, sentó su posición en el marco del debate por la adhesión provincial a Ley de Blanqueo de capitales sancionada en el Congreso Nacional, y entendió que “no hay impedimento constitucional” para avanzar en este sentido.



“Frente a la discusión planteada por la opinión de algún constitucionalista que plantea la imposibilidad de que la provincia adhiera a esta ley por violatoria del artículo N°59 de la Constitución Provincial, y con todo el respeto que pueda merecerme la opinión de ese u otros colegas tributaristas; considero que nuestra adhesión a Ley de Blanqueo nacional 27260 no tiene reparos constitucionales”, aseveró el legislador.



En ese sentido, señaló que “la supuesta inconstitucionalidad deviene del párrafo cuarto del citado artículo de la Carta Magna provincial, que establece la imposibilidad de disminuir el monto de gravámenes una vez que se hayan vencido los términos generales, en beneficio de algunos morosos o evasores”. “Con nuestra adhesión, en realidad, no estamos alterando ese vencimiento de términos generales: sabemos que se ha cumplido una primera etapa, donde según informó el Gobierno Nacional, se declararon 4.600 millones dólares, que habrá que ver si ingresan al sistema financiero porque la ley no los obliga y por eso siempre la criticamos como una norma a medida de los amigos de Mauricio Macri”, disparó.



En definitiva, y volviendo al debate por la constitucionalidad de la adhesión, Sánchez aseguró que “en caso de que la Cámara de Diputados adhiera a la Ley 27260 no estaríamos disminuyendo ningún gravamen provincial una vez vencido los términos generales: si adherimos, obviamente, se disminuiría el monto del gravamen que tiene que pagar el que declara este dinero pero con vistas a la segunda etapa, que es la del 21 de noviembre”. “En conclusión, la adhesión a la ley a partir de noviembre implica que esto beneficiará no a quienes se presentaron al 31 de octubre, sino a aquellos que lo hagan con vistas al segundo y al tercer vencimiento previsto para marzo; con lo cual no hay impedimento constitucional porque no se disminuyen gravámenes una vez cumplidos los términos generales”, entendió.




Sánchez argumentó en esta dirección que el texto constitucional no impide disminuir gravámenes sino hacerlo después de vencidos los términos generales, condición que no se cumpliría con la adhesión a la ley nacional a partir del corriente mes. “Lo que no puede hacer es extender el beneficio de la disminución del gravamen después de vencido un término general, y no es eso lo que va a pasar en caso de sancionar la adhesión al blanqueo”, explicó el legislador y concluyó: “El chaqueño que se presentó al blanqueo al 31 de octubre tendrá que pagar rentas provinciales porque no había legislación a esa fecha, mientras que el que lo haga de cara a los próximos vencimientos tendrá los beneficios generales de aquellos que accedan al segundo vencimiento que es el 21 de noviembre, fecha que tiene menores beneficios que aquellos que se presentaron el mencionado 31 de octubre”. “En virtud de ello, discrepo muy respetuosamente con aquellos especialistas en derecho tributario, que tendrán su criterio, pero entiendo que, en este caso, habría inconstitucionalidad si se intentara favorecer a quienes ya se presentaron al 31 de octubre, cuestión que está lejos de ser intención de los legisladores”, cerró.

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