Régimen de Donación de Alimentos: Terada asegura que las modificaciones en la ley servirán para agilizar el trámite

La diputada nacional Alicia Terada asegura que las modificaciones  a la Ley Nº 25.989 sobre “Régimen Especial para la Donación de Alimentos” servirán para agilizar el trámite. Dice que será una herramienta para quienes trabajan en la Red de Bancos de Alimentos de la Argentina.

diputada nacional Alicia Terada

La diputada nacional Alicia Terada respaldó hoy las modificaciones  a la Ley Nº 25.989 sobre “Régimen Especial para la Donación de Alimentos – DONAL”, al señalar que "las modificaciones en la Ley de Donación de Alimentos servirán para agilizar el trámite sin descuidar los controles bromatológicos", señaló Terada. A lo que expresó: "rescato que las donaciones se incrementarán porque  a través de los organismos competentes se adoptarán las medidas necesarias para implementar una campaña de comunicación a nivel nacional, destinada a sensibilizar a los diferentes sectores de la economía y de la población sobre las consecuencias sociales, económicas y ambientales de las pérdidas y desperdicios de alimentos" 


Terada enfatizó que "esta ley no es para beneficiar a las empresas, sino para darle una herramienta a quienes trabajan todos los días en las Red de Bancos de Alimentos de la Argentina".


Además recordó que "Según datos oficiales, en nuestro país se pierde o desperdicia el 12,5 por ciento de los alimentos que se producen. Existen varias asociaciones, como la Red de Banco de Alimentos, las cuales rescatan alimentos aptos para el consumo a fin de almacenarlos, clasificarlos y distribuirlos de manera eficiente y segura entre las entidades de ayuda comunitaria. Lo que hacemos con estas modificaciones es buscar crear mecanismos más eficientes para garantizar el acceso a los alimentos a los sectores más vulnerables de la población, ese es el sentido de los Bancos de Alimentos".

 


Asimismo señaló la legisladora de Cambiemos que "el Decreto N° 2011/2004, que promulgó la Ley DONAL, vetó el artículo 9° que preveía la limitación de la responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran producirse con ellas o por el riesgo de las mismas, salvo que se tratare de hechos u omisiones que degeneraren en delitos de derecho criminal. En esa oportunidad, se entendió que dicho artículo no delimitaba con suficiente precisión los supuestos de responsabilidad del donante de alimentos. El nuevo artículo 9° de la Ley apunta a delimitar con precisión la responsabilidad del donante que actuare de buena fe, una vez producida la entrega de los alimentos donados, resguardando el cumplimiento de las exigencias bromatológicas y de inocuidad contenidas en el Código Alimentario Argentino (CAA), para el tipo de productos correspondientes. Esto sin desproteger a los beneficiarios que resultan ser la parte más vulnerables de la cadena", dijo la diputada nacional.

 

 

Terada además rescató el aspecto económico al señalar que "se estima que el costo global del desecho de alimentos en el año 2.009 fue de 750.000 millones de dólares; cifra mayor que el PBI de Argentina en el año 2.011.Así, el mayor problema radica en que, mientras se desperdician 1.300 millones de toneladas de alimentos aptos para el consumo humano, 800 millones de personas padecen hambre en el mundo. La República Argentina no escapa a esta realidad mundial", apuntó la legisladora de Cambiemos.

 

 

Por último, Terada dijo que "tomemos conciencia que en el mundo se desperdician 1300 millones de toneladas que darían sustento a 900 millones de personas  cada año. Las cifras en nuestro país no escapan a esa relación. La presencia del orden público en la regulación de semejante situación es evidente. Esta Ley viene a abordar los ejes necesarios para generar un impacto significativo en la problemática de la pérdida y desperdicio de alimentos, desde una visión propositiva y de incentivo. Brinda una solución legal a los impedimentos que hoy existen para poder realizar las donaciones y aumentar así el rescate de alimentos", culminó.

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