Circulación de vehículos: Rigen la Revisión Técnica Obligatoria y el seguro
Está vigente la Revisión Técnica Obligatoria y el seguro para la circulación de vehículos motorizados, aclara la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Explica que lo publicado en el Boletín Oficial se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/58 del Registro Automotor y no a la normativa nacional de tránsito.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclara que la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y del seguro continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública. El Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de ambos requisitos.
En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recuerda la documentación y elementos requeridos para viajar:
¿Qué chequear de la mecánica antes de viajar?
-Documento Nacional de Identidad (DNI).
-Licencia Nacional de Conducir.
-Cédula verde o azul.
-Comprobante de seguro en vigencia.
-Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
-Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
-Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
-Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
¿Qué chequear de la mecánica antes de viajar?
-Funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo.
-La presión de los neumáticos.
-Que la rueda de auxilio esté en buenas condiciones.
-Nivel de aceite, líquido refrigerante y de frenos.
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