Cuesta impulsa la capacitación en prevención de consumos probleméticos en establecimientos educativos
La presidenta de la Legislatura chaqueña, Élida Cuesta, promueve la capacitación obligatoria en establecimientos educativos, a través de un proyecto legislativo. Pretende establecer una red de contención entre el Estado, la comunidad educativa, las familias y los jóvenes involucrados.
Con el objetivo sensibilizar y prevenir el consumo problemático en los jóvenes de la provincia, la presidenta de la Cámara de Diputados del Chaco, Élida Cuesta, presenta el proyecto de Ley 1065/23, el cual propone la capacitación obligatoria en establecimientos educativos sobre la sensibilización, prevención y detección temprana en consumos problemáticos.
La iniciativa reconoce a los establecimientos educativos como ámbitos de prevención en los cuales generar un abordaje interdisciplinario e intergeneracional de la problemática. “Queremos que la escuela vuelva a ser ese lugar de contención para nuestras y nuestros jóvenes, donde se aborde este flagelo que tanto los afecta, favoreciendo espacios de diálogo entre las y los educadores, profesionales y estudiantes”, manifiesta la legisladora.
Además, Cuesta subraya que “las y los docentes comprometidos conocen bien a sus alumnos, muchas veces saben hasta lo que están viviendo los chicos, por lo que esta propuesta viene a darles una herramienta para que actúen con conocimiento sobre cómo intervenir de la mejor manera para cuidar a nuestras y nuestros jóvenes”.
Por otra parte, la titular de la Legislatura chaqueña marca la necesidad de establecer una red de contención en la que el Estado, la comunidad educativa, las familias y los jóvenes estén involucrados. “Necesitamos constituir equipos de preventores en los niveles primario, secundario y superior, conformado por educandos que, acompañados por sus educadores, desarrollen iniciativas de cuidado entre pares y de sensibilización hacia la escuela y la comunidad en torno a los consumos problemáticos”, dice la diputada provincial.
La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología o el organismo que en el futuro lo reemplace e implementará campañas de concienciación cuya finalidad sea la prevención y detección temprana de consumos problemáticos en los educandos.
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