Uso de celulares por presos: Aclaraciones del Ministerio Público de la Defensa
El Ministerio Público de la Defensa del Poder Judicial aclara que los celulares que serán utilizados por personas privadas de su libertad con el objetivo de “facilitar la comunicación de las personas privadas de su libertad, con su familia y defensores”.
Ante versiones periodísticas relacionadas con la Resolución 676 del Ministerio de Seguridad y Justicia de la provincia del Chaco, el Ministerio Público del la Defensa del Poder Judicial, como integrante de la Mesa Interpoderes sobre la situación de las personas privadas de su libertad, aclara que dicho instrumento” tiene como fin principal facilitar la comunicación de las personas privadas de su libertad, con su familia y defensores”. Así también como “efectivizar el acceso a la información y educación, en miras a su reinserción social”.
En esa línea, indica que “se ha elaborado un protocolo que deberá ser cumplido estrictamente por las personas que se encuentren detenidas, de manera que los dispositivos deben encontrarse legamente adquiridos y debidamente registrados a fin de poder ser utilizados intra muros.
El Ministerio Público de la Defensa subraya que “El estado no se hará cargo de la compra de los equipos celulares y/o electrónicos ni del coste del servicio de mantenimiento, lo que deberá ser solventado por la persona detenida”.
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