Violencia de género: Pena de prisión en suspenso de dos años y tres meses; más perimetral

La jueza correccional Bibiana Bianchi define en videoconferencia una pena de cumplimiento de prisión en suspenso de 2 años y 3 meses a Matías Antonio Cardozo. Además, se determina una medida cautelar de prohibición de acercamiento del condenado a una distancia nunca menor de 300 metros de ella, su domicilio y su trabajo.  
Alegoría de violencia de género

La jueza correccional Bibiana Bianchi, con la asistencia del secretario del juzgado, Gastón Silvestri y la colaboración de la prosecretaria Dania Climent; el fiscal n° 1,  Guillermo Codutti y el defensor  oficial n°  2, Adrián Vañek, a través de videoconferencia acordaron  una pena de cumplimiento de prisión en suspenso de 2 años y 3 meses más una perimetral en favor de la víctima, su domicilio y trabajo por el mismo tiempo.

 

 

 

El imputado estaba con prisión preventiva por reiteración de hechos. Al llegar esta ultima causa se le sumaron dos. En total, la audiencia se hizo por las tres causas, todas son por delitos cometidos dentro del contexto de violencia de género, lesiones,  coacción, amenazas, desobediencia a una orden judicial.

 

 

 

La jueza destacó “lo novedoso en el marco de esta emergencia es  que para poder hacer la audiencia priorizamos los  informes locales  de los registros informáticos para tener los antecedentes del acusado, se consultó con fiscalías, juzgado de ejecución penal, aparte de nuestros datos para establecer (al menos por ahora) que no tenía condenas anteriores, ya que el  RNR y DAP no están enviando los informes, por la pandemia de COVID 19”.

 

 

 

Se deja a salvo que el modo de cumplimiento de la pena, declaración de reincidencia o posible integración de pena o sentencia será considerado  una vez recibido el respectivo informe y puede hacer variar la forma y tiempo de lo acordado hoy.

 

 

 

Se pide colaboración a la policía para que notifique a la víctima la libertad de Matías Antonio Cardozo y que se fijó una medida cautelar de prohibición de acercamiento del condenado a una distancia nunca menor de 300 metros de ella, su domicilio y su trabajo. Que cualquier incumplimiento de ella puede y debe dar aviso o hacer denuncia en la policía o al juzgado lo más pronto posible.

 

 

 

Todo se hizo mediante teléfono por video llamada, y la audiencia fue grabada en la sala de Audiencias del Tribunal, el fiscal desde su despacho y el defensor asistiendo al detenido en el lugar de detención.

 

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