Capitanich envía a la Legislatura el Consenso Fiscal 2.019

El gobernador de Chaco, Jorge Capitanich envía a la Legislatura el Consenso Fiscal 2.019. Propicia la aprobación del acuerdo suscripto el 17 de diciembre .

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Gobernador de Chaco, Jorge Capitanich

Jorge Capitanich remitió para su tratamiento legislativo el acuerdo denominado Consenso Fiscal 2.019.

 

 

Se trata del proyecto de Ley 4.030/19 remitido por el gobernador Jorge Capitanich, para su tratamiento legislativo ingresado el pasado viernes 20 de este mes. El mismo propicia la aprobación del acuerdo suscripto el 17 de diciembre de 2.019 por el Presidente, los gobernadores de las provincias firmantes y el jefe de gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Consenso Fiscal 2.019.

 

 

Asegura en la nota elevada, que “la suspensión temporaria del esquema de modificación de tasas de Ingresos Brutos y otros tributos, que se estableció mediante la firma de una adenda al Acuerdo de Consenso Fiscal, suscripta dos años atrás, es una medida de alivio financiero debido a la difícil situación fiscal, producto de la crisis económica que afecta no solo a nuestra provincia sino al país en general”.

 

 

Aduce además que “el nuevo consenso suspende el Acuerdo para un Nuevo Federalismo rubricado el 23 de mayo de 2.016, posteriormente ratificado por Ley 27.260, y la celebración del Consenso Fiscal 2.017, que en su momento se realizó para “armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones” y que fue ratificado por el Congreso mediante la sanción de la Ley 27.429, luego votada en sus propias legislaturas”.

 

 

En el segundo punto, referido a los “procesos judiciales” abiertos a partir del reclamo de las provincias por coparticipación, se establece que la Nación y los distritos “acuerdan la suspensión, por el plazo de un año de las causas judiciales, cualquiera sea su radicación y estado de trámite.

 

 

Además, se estipula la creación de una comisión integrada por un representante por cada una de las partes “a fin de evaluar de manera integral las situaciones de orden jurídico y económico-financiero involucradas en los procesos alcanzados por la suspensión antes prevista”.

 

 

En cuanto a la implementación,  aclara  que “las partes acuerdan que, dentro de los treinta días de la suscripción del presente, los Poderes Ejecutivos de las provincias firmantes, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Estado Nacional elevarán a sus poderes legislativos proyectos de ley para aprobar el presente acuerdo”.

 

 

Es por ello que propone en la iniciativa legislativa, en el artículo 1º que se “apruebe” el acuerdo suscripto el 17 de diciembre de 2.019 por el Presidente de la Nación Argentina, los Gobernadores de las provincias firmantes y el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Consenso Fiscal 2.019, que como anexo forma parte de la presente ley.

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