Aborto: La Justicia chaqueña da detalles de la suspensión

El Juzgado Civil y Comercial Nº 19 da detalles de la cautelar que suspende la aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Chaco. Argumenta que se debe a razones de urgencia y por la legitimación que les dan las Leyes 23.849 y 26.061, sobre la  Convención de los Derechos del Niño y se remite al artículo 15 de la Constitución Provincial.  

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Pañuelo verde y celeste (Foto www.saltacapitalfm.com.ar)

El Juzgado Civil y Comercial Nº 19, en feria, da a conocer que la medida cautelar dictada el 28 de enero en el Expediente 511/21 “Dellamea Hilda Beatriz y otros c/ Gobierno de la Provincia del Chaco y/o Ministerio de Salud Pública del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco s/ Medida Cautelar”, que suspende la aplicación de la Ley 27.610 en forma limitada a la provincia del Chaco, de manera provisoria y sujeta al trámite de la acción adjunta, es “a raíz de presentaciones realizadas por un grupo de personas, fundadas en razones de urgencia y en la legitimación que les acuerda las Leyes 23.849 y 26.061, sobre aprobación de la Convención de los derechos del Niño y de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y el artículo 15 inciso 1 de la Constitución Provincial”.

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