
Establecen un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales

mpulsado por el Poder Ejecutivo, se sancionó la 3118-F por la cual se establece un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales, al cual podrán acogerse aquellos sujetos pasivos de obligaciones fiscales provinciales cuyo vencimiento hubiera operado con anterioridad al 31 de enero de 2,020, inclusive.
El acogimiento podrá formularse desde su vigencia y hasta el 30 de junio del año 2.020, inclusive; podrán cancelar las obligaciones tributarias con un pago al contado o en un plazo máximo de financiación de 48 meses, con interés de financiación del 30 por ciento, que va disminuyendo gradualmente en la medida que disminuye el plazo. En el caso de agentes de retención, percepción y recaudación de los Impuestos sobre Ingresos Brutos y Sellos, hasta un máximo de 18 cuotas.
La norma “se impulsa para aliviar la situación de los contribuyentes de impuestos provinciales ante el agravamiento de la situación macroeconómica del país, que está produciendo un fuerte impacto en el comercio, la industria y el agro en la Provincia, vinculando dicha cuestión con la necesidad de mantener los puestos de trabajo” según los fundamentos del Poder Ejecutivo que acompañaron la norma.


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