Extienden las medidas sanitarias hasta el 23 de julio

Con más horarios para gastronómicos, las medidas sanitarias vigentes, continuarán hasta el 23 de julio. En general, se mantienen las disposiciones establecidas, con excepción de los locales de comidas y bares, que podrán hacerlo hasta la medianoche, extendiendo la atención con delivery hasta las 2 de la madrugada.
Decreto 1474/21

El Gobierno provincial ratifica la continuidad hasta el 23 de julio de las medidas sanitarias vigentes, como parte de las políticas definidas en el marco de la pandemia por COVID-19. La única novedad es la extensión de dos horas para el desarrollo de las actividades gastronómicas, tras la consideración de la situación epidemiológica y las recomendaciones del Consejo Provincial de Vacunación, el Consejo Provincial de Desescalada y el Comité de Seguimiento.

 

 

Asimismo, se ratifica el uso del Pasaporte COVID, cuya obligatoriedad estricta y la catefgorización entrará en vigencia plena el 23 de julio.

 

 

Si bien se registra cierta estabilidad en los indicadores con un leve descenso en el Gran Resistencia, las medidas continuarán hasta la próxima semana, al tiempo que se potenciarán los operativos que forman parte del Plan Provincial de Vacunación contra el COVID-19.

 

 

Paralelamente, el Gobierno provincial avanza en la Campaña de Vacunación contra el COVID-19 a través del Ministerio de Salud Pública, que ya aplica un total de 662.636 dosis de las diferentes vacunas (Sputnik V, Covishield/AstraZeneca y Sinopharm) en todo el territorio provincial; de las cuales 527.642 corresponden a primeras dosis y 134.994 a segundas dosis. 

 

 

La extensión del horario se concede por pedido de empresarios del sector gastronómico para el desarrollo de las actividades. Hay que recordar que hasta el domingo, la apertura de locales era hasta las 22 y desde ese hora y hasta la medianoche en modalidad delivery. Ahora, con esta nueva flexibilización, la atención en los locales es hasta las 24 y el servicio delivery es hasta las 2.

 

Las medidas vigentes

 

 

Reuniones y eventos: Habilitados en espacios al aire libre hasta 100 personas y en espacios cerrados se habilitará el uso de hasta el 50 por ciento de la superficie disponible, con un máximo de hasta 50 personas. Los eventos no podrán exceder de 2 horas de duración. 

 

Cines, casinos, teatros y auditorios: habilitados con reducción de aforo al 50 por ciento de la superficie disponible hasta las 24 horas.

 

Parques, plazas y espacios públicos: Se habilita el uso de espacios. No se encuentra permitido el desarrollo de eventos que generen y/o pudieran implicar concurrencia masiva o aglomeramiento de personas,

 

Restricción de circulación: entre las 24 y las 6 de cada día exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia. 

 

Pasaporte Chaco: se ratifica su uso y exhibición obligatoria en toda la Provincia, comprenderá el permiso para circular con autotest y la identificación del sujeto según su condición inmunitaria – rojo (persona en aislamiento), amarillo (persona sin protección inmunitaria) o verde (persona con protección inmunitaria)–.

 

Los locales con actividades habilitadas, deberán verificar que la persona que requiera sus servicios cuenten con Pasaporte Chaco.  

 

Constancia de hisopado negativo, constancia de alta como paciente COVID en un plazo que no exceda de 4 meses o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso a la Provincia.

 

Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general: habilitadas en el horario de 8 a 21, con reducción de aforo al 50 por ciento de la superficie disponible de cada espacio.

 

 

Shopping y centros comerciales: Los locales de venta que funcionan en centros comerciales y shopping podrán hacerlo en los horarios y con el aforo previsto en el párrafo precedente. 

 

Gastronomía, restaurantes, bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre y cerrados con reducción de aforo al 50 por ciento todos los días de la semana en el horario comprendido entre las 8 a las 24. A partir de la medianoche y hasta las 2 de la madrugada podrán continuar bajo modalidad de delivery. 

 

Gimnasios, clubes, actividades físicas y deportivas: Se ratifican las habilitaciones del Decreto N° 1242/2021 y se habilita la práctica de deportes y actividades físicas grupales, partidos y competencias federadas, profesionales y/o amateur sin presencia de público o aglomeración de personas.

 

Transporte: se ratifica su habilitación y uso del 75 por ciento de capacidad de asientos de las unidades (no se permiten pasajeros parados) – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid.

 

Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: Habilitadas con reducción de aforo al 50 por ciento de la superficie disponible.

 

Peloteros, salones infantiles: se ratifica su funcionamiento con aforo del 75 por ciento para eventos que no superen las 2 horas de duración. 

Administración Pública Provincial: se ratifica lo dispuesto por Decretos N° 1.414/2.021 respecto a la licencia de invierno y Decreto N° 1.446/2.021 de suspensión de términos administrativos.

 

Sistema Educativo Provincial: Se ratifica lo dispuesto por el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, por el cual se dispone el receso escolar entre el 12 de Julio y hasta el 23 de Julio. Durante los días 6 de julio al 8 julio, se aplicarán las disposiciones del Decreto N° 1.321/2.021. 

 

Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remoto y por audiencias virtuales. 

 

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