Bibliotecarios: Inscriben para interinatos y suplencias

Bibliotecarios del Chaco, que hayan finalizado sus estudios entre octubre de 2.020 y hasta abril de 2.021 tendrán abierta la inscripción al Período Extraordinario para Interinatos y Suplencias 2.0.21. Podrán hacerlo desde hoy al 15 de abril, a través de la modalidad online, o por correo postal.
Educación - Docentes
Biblioteca-21-09-15-01
Biblioteca

La Junta de Clasificación de Bibliotecas convoca a los/las docentes bibliotecarios/as de todo el Chaco que hayan finalizado sus estudios entre octubre de 2.020 y hasta el 15 de abril de 2.021 a la inscripción al Período Extraordinario para Interinatos y Suplencias 2.021.

 

La inscripción estará abierta desde el 15 de marzo al 15 de abril de este año, inclusive, en modalidad online, según lo estipulado por la Resolución Nº 816/2.021 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología  y a través de la plataforma Tu Gobierno Digital- SIE o por Correo Postal Certificado a Junta de Clasificación de Biblioteca - Gobernador Bosch 99, Nave 3, C. P. 3.500- Resistencia.

 

Por consultas, escribir a los correos electrónicos [email protected] o [email protected].

 

Documentación a presentar por primera vez:

 

a) Fotocopia autenticada de DNI

b) Fotocopia autenticada de Partida de Nacimiento

c) Título Bibliotecario, con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia de Título con mención del promedio general. (Inc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E- Estatuto del Docente)

d) Constancia de otros Servicios Docentes; si los tuviera; extendida por el Director.

e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables.

Se recomienda como primer paso realizar el Registro en la Plataforma Tu Gobierno Digital y una vez ingresado en SIE recurrir a la ayuda de Mesa de Ayuda SIE a través del chat o a los correos electrónicos antes indicados.

 

La solicitud de inscripción tiene carácter de declaración jurada, Se aplica automáticamente el Régimen de Incompatibilidad establecido en la Ley 647-E-Estatuto Docente.

 

Los aspirantes extranjeros deben cumplir con las condiciones exigidas en el artículo17-inciso a) de la Ley 647-E-Estatuto Docente. El no cumplimiento de los requisitos precedentes, producirán la nulidad de la Solicitud.

 

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