Declaran la emergencia sanitaria en geriátricos

La Legislatura chaqueña declara la emergencia sanitaria en geriátricos de gestión pública y privada por el término que dure la pandemia del COVID -19 y la autoridad de aplicación será la Dirección de Adultos Mayores.

Actualidad - Provincia
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Sesion extraordinaria de la Legislatura chaqueña

Como forma de implementar  un protocolo de funcionamiento con detalladas medidas de prevención para los geriátricos de la provincia del Chaco, se aprobó la ley que declara la emergencia sanitaria en geriátricos de gestión pública y privada de todo el territorio provincial, en el marco de la pandemia de coronavirus, por el término que perdure la misma.

 

 

 

La iniciativa presentada por las diputadas provinciales Andrea Charole, María Elena Vargas y Élida Cuesta, considera establecimiento geriátrico a toda institución de gestión pública o privada que tenga por finalidad brindar alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva, atención médica y en general toda acción que haga al bienestar físico y psíquico de las personas adultas mayores desde los 60 años de edad, en las formas y condiciones que establezca la autoridad de aplicación.

 

 

 

La reglamentación establecerá el perfil institucional de estos establecimientos como también las modalidades de alojamiento. 

 

 

 

El objetivo de la ley es regular la capacidad ocupacional, las condiciones de higiene y alimentación, el personal, los protocolos de seguridad y sanitarios a seguir, proporcionar conocimientos mínimos para poder intervenir en caso de emergencia sanitaria y de este modo poder minimizar las complicaciones derivadas al incidente actuando de la manera más efectiva y rápida posible.

 

 

 

La norma establece que se deberá realizar de forma inmediata un proceso de empadronamiento, relevamiento y fiscalización complementario de los establecimientos regularizando de forma progresiva todos aquellos que no cuenten con habilitación vigente.

 

 

 

En tanto,  la autoridad de aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social a través de la Dirección de Adultos Mayores como órgano ejecutivo y el Consejo Provincial de Adultos Mayores como órgano  consultivo. Mientras dure el proceso, y en el marco de la Ley de Protección de Adultos Mayores, el Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco podrá permitir “el funcionamiento excepcional, precario y transitorio, por un plazo que en ningún caso podrá superar el tiempo establecido para la emergencia sanitaria".

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