---
canonical_url: "https://chacoonline.com.ar/contenido/18224/ratifican-medidas-de-restriccion-para-chaco"
title: "Ratifican medidas de restricción para Chaco"
article_type: "Article"
description: "El Gobierno chaqueño reafirma las medidas de restricción que se venían implementando en sintonía con la Nación. Remarca el estricto cumplimiento de los protocolos biosanitarios; uso de tapaboca; higienización de las manos y distanciamiento social."
main_image: "https://chacoonline.com.ar/download/multimedia.normal.9942d388592f582d.416e756e63696f2d64652d70726573656e6369616c696461642d6564756361745f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2021-04-17T22:49:00-03:00"
date_modified: "2021-04-17T22:53:24-03:00"
category_name: "Actualidad - Provincia"
category_url: "https://chacoonline.com.ar/categoria/7/provincia"
---

# Ratifican medidas de restricción para Chaco

![Anuncio-de-presencialidad-educativa-21-04-17-01](/download/multimedia.normal.9942d388592f582d.416e756e63696f2d64652d70726573656e6369616c696461642d6564756361745f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El gobernador Capitanich anuncia la continuidad de las medidas de restricción en Chaco*

A través del Decreto 792/21, la Provincia ratifica las medidas que ya se venían implementando en sintonía con las disposiciones nacionales. Se recuerda el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios: uso de barbijo o tapaboca, higienización permanente de manos y distanciamiento entre las personas.

Reuniones y Eventos: No están permitidos eventos públicos y privados en espacios cerrados, bajo cualquier modalidad o motivo, con la excepción de reuniones familiares de grupos convivientes en domicilios particulares y eventos en espacios abiertos, con límite de hasta 20 personas.

Disposición Especial: las empresas del Estado prestadoras de servicios públicos estarán facultadas a interrumpir el servicio en aquellos inmuebles en los que, además de incumplir con la restricción de eventos, se registren irregularidades o alteraciones en la declaración de categoría de usuario o en la potencia declarada. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el organismo de contralor, que notificará a la empresa prestataria la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble. La reconexión del servicio se hará efectiva una vez que se acrediten las sanciones o multas aplicadas.

Casinos, cines, centros comerciales: La actividad se limitará hasta el 50 por ciento de ocupación de la superficie habilitada.

Gastronomía, restaurantes, bares: Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos con distanciamiento social, con limitación de capacidad, desde las 8 hasta las 0 horas.

Gimnasios, actividades físicas y deportivas: Se limitará hasta el 50 por ciento de ocupación de la superficie habilitada, y no está permitida la presencia de público.

Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: Se limitará hasta el 50 por ciento de ocupación de la superficie habilitada y no podrán durar más de 2 horas.

Restricción de circulación: Se ratifica la restricción total de circulación de personas entre las 0 horas y las 6 de cada día, con excepción de aquellas personas que deban ejercer su trabajo, por tareas esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

Permisos de ingreso y circulación: Se dispone la obligatoriedad del Permiso de Ingreso a la provincia, gestionado a través de Tu Gobierno Digital.

Transporte: Para el área metropolitana del Gran Resistencia la capacidad de ocupación habilitada será del 100% de pasajeros sentados en cada unidad, en el horario de de 5 a 00. No está permitido el traslado de pasajeros parados. Además se establece la obligatoriedad para las empresas del transporte público, de fortalecer las frecuencias del servicio en los horarios pico.

Turismo: No están permitidos los viajes o tours de egresados o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo. El Gobierno no recomienda el traslado de personas desde y hacia otras jurisdicciones provinciales, sobre todo en aquellas en las que existan casos detectados de la variante del SARS-CoV-2.

Mientras que, conforme al Decreto 810/21, se deberá minimizar o eliminar la presencialidad de agentes de la administración pública que pertenezcan a grupos de riesgo, pero cumpliendo bajo la modalidad de teletrabajo.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
