Encuentro Cívico alerta sobre situaciones irregulares en el control de bosques

Encuentro Cívico expone una series de situaciones irregulares en torno al control de ordenamiento territorial del control de bosques nativos. Menciona en un documento intereses políticos, comerciales inmobiliarios y sociales, que derivan en desmontes.

Actualidad - Provincia
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A través de un documento crítico, dirigentes de Encuentro Cívico, sentaron posición acerca del cumplimiento de leyes vigentes y control de los organismos estatales del ordenamiento territorial de los bosques nativos. El escrito, elaborado por el dirigente Mariano Moro, describe una serie de situaciones ilegales, intereses políticos, comerciales inmobiliarios y sociales que derivan en tierras desmontadas destinadas a la agricultura, el desmonte y la tala ilegal, con directa afectación al ambiente.   

 

 

El documento subraya a continuación: “Los chaqueños tenemos derecho vivir en un ambiente sano, equilibrado, sustentable y adecuado para el desarrollo humano, y a participar en las decisiones y gestiones públicas para preservarlo, así como el deber de conservarlo y defenderlo, dentro del cual se encuentra el resguardo a la biodiversidad ambiental, según lo establece el artículo 38 de la Constitución Provincial”.

 

 

“Las expectativas creadas en 2.009 con el dictado de la Ley de Ordenamiento Territorial Nº 6.409, modificada por Ley 7.238, ha caído en saco roto por cuanto su cumplimiento fue claramente ignorado y las acciones de control ausentes, muestra de lo cual Chaco es una de las provincias con más altos niveles de deforestación del país, lo que sufrió un crecimiento exponencial en los últimos años con exiguo o ningún control oficial”, sostiene el texto.

 

 

“Se solapa detrás de ello, intereses vinculados a operaciones inmobiliarios por el valor de las tierras desmontadas destinadas a la agricultura, el desmonte y la tala ilegal y ausencia o incluso la connivencia de los organismos de control, con directa afectación al ambiente”, plantea Encuentro Cívico. Ante esto, advierte que “todo es en un manto de desconocimiento de los reales números que arroja la actividad, ante la gran cantidad de intervenciones forestales ilícitas”.

 

 

“La situación exige en lo inmediato distintas líneas de acción, por un lado la actualización del Ordenamiento Territorial impidiendo toda ampliación de categorías que permitan mayores zonas de desmonte sino lo contrario o sea ampliando la protección”, sostiene este sector interno de la UCR. Al respecto, considera que “es imprescindible asegurar los principios ambientales de progresión y no regresión que aseguren el crecimiento de las categorías protectorias. Para que este proceso tenga legalidad, legitimidad y eficacia requiere además el cumplimiento de los deberes impuestos por la misma Constitución Provincial de la participación de ciudadana, organizaciones sociales y entidades intermedias en el proceso de toma de decisión. Esta participación debe ser no solo informativa sino operativa en la definición de políticas y medidas concretas en el funcionamiento y control, presupuestos que deben ser asegurados por los organismos oficiales que son quienes ejercen el poder del Estado y tienen la obligación de asegurarlos”.

 

 

“Esta participación no puede ser eficaz si además no se instrumentan sistemas que garanticen el debido acceso a la información de para las entidades intermedias vinculadas al sector (ONGs) que son actores esenciales, como obviamente la debida publicidad previa a la toma de decisión que garantice una participación efectiva”, analiza.

 

 

Si bien reconoce que “el dictado del Decreto Provincial Nº 298/19 puso un freno a un proceso de actualización del ordenamiento que había nacido viciado”,  pero estima que “es necesario una inmediata reformulación del proceso que garantice la participación ciudadana abierta y eficaz con las debidas garantías antes expuestas, con expresa observación del principio de  prevención que impone a los funcionarios atender en forma prioritaria e integrada las causas y las fuentes de los problemas ambientales, a sabiendas que su incumplimiento genera la responsabilidad impuestas por el referido artículo. 38 de la Constitución. Provincial y un deber moral ante el pueblo”.

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